Un policía local de Sevilla denuncia a sus jefes por acoso
El agente sostiene que lleva tres años encargándose de los turnos y servicios considerados más penosos
El Ayuntamiento abre una información reservada para esclarecer los hechos
Es la segunda denuncia similar tras el caso de dos motoristas

Un policía local de Sevilla ha denunciado a sus jefes por acoso laboral, lo que ha motivado que la Jefatura del cuerpo inicie el protocolo establecido para estos casos y una investigación interna. El agente sostiene que se le han vulnerado sus derechos fundamentales, "generando un entorno de trabajo hostil y discriminatorio" en su contra. Acusa de ello a "algún mando o mandos" de la Unidad de Operaciones. Es la segunda denuncia de este tipo que está activa, tras la de una pareja de motoristas.
El policía denunciante afirma que, desde hace más de tres años, ha sido "objeto de un trato diferenciado y sistemático en la asignación de turnos nocturnos y servicios considerados penosos, especialmente durante días festivos y bolsa de productividad, sin que se justifique esta carga en términos de necesidades organizativas o criterios objetivos", a pesar de su edad, 56 años, y su antigüedad, que es de 36 años de servicio.
"Tal circunstancia ha tenido un impacto negativo al obligarme a renunciar al programa de productividades y festivos, vulnerando los principios de igualdad y equidad en la distribución de tareas", añade el agente. Pone como ejemplo el fin de semana del 16 y 17 de diciembre de 2024, que le tocó trabajar por turno. Ese día fue asignado al dispositivo de control de alcoholemia, a las once de la noche, "mientras que compañeros con menor antigüedad y edad fueron destinados a servicios menos penosos debido a la inclemencia del tiempo".
El agente ha presentado un escrito destinado al jefe de la Policía Local, Antonio Luis Moreno, al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales y al área de Recursos Humanos del Ayuntamiento de Sevilla. En dicha comunicación, hace referencia a una sentencia del Tribunal Supremo del año 2006, que señala que la "reiteración de conductas que menoscaben la dignidad del trabajador, como la asignación de turnos desfavorables de forma injustificada, puede constituir acoso laboral".
Este principio, añade el policía, debe ser observado con especial rigor en los cuerpos de seguridad, "donde el equilibrio entre los derechos del trabajador y las necesidades del servicio resulta fundamental". "En este caso es tan simple como recopilar todas las relaciones de servicios de los fines de semana que figura cada viernes y la de los festivos, de tres años a la fecha, y comparar con otros compañeros", pide el denunciante.
Durante el plan de Navidad pasado, el policía pidió trabajar con su compañero habitual, un oficial, en los servicios de tráfico en Triana, "una asignación que por experiencia y desempeño resulta idónea", y que ambos agentes realizan todos los años. "Sin embargo, se me ha relegado a cortes de tráfico, mientras que a otro compañero se le ha asignado el servicio con dicho oficial". La solicitud se hizo tanto por el correo electrónico ordinario de la Unidad de Operaciones como a través de diferentes llamadas telefónicas a distintos mandos. "Todos los oficiales de mi grupo de trabajo tienen pareja fija, excepto mi compañero conmigo".
Esta conducta, a juicio del agente, vulnera el principio de no discriminación en el ámbito laboral, recogido en una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña de 2007, que establece que "la asignación arbitraria de tareas en perjuicio reiterado de un trabajador puede ser considerada como trato discriminatorio".
Para este policía, "las decisiones arbitrarias y el trato discriminatorio sostenido en el tiempo han afectado gravemente" su salud física y mental. Ha sufrido cuadros de estrés, ansiedad y malestar psicológico que comprometen su rendimiento laboral y su calidad de vida, asegura. Igualmente, cita una sentencia del Supremo de 2011 en la que expone que "los actos que provoquen un deterioro físico o psicológico en el trabajador pueden ser considerados como acoso laboral, incluso cuando las conductas no sean ostensiblemente agresivas pero generen un perjuicio sostenido". El Ayuntamiento ha abierto una información reservada con el objeto de esclarecer los hechos descritos por este policía.
También te puede interesar
Lo último
Contenido ofrecido por Clínicas Beiman