Los padres de Asunta pierden la apelación
La Justicia ratifica la condena de 18 años de prisión para Porto y Basterra por el asesinato de su hija
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSJG) desestimó ayer los recursos de los padres de la niña Asunta, cuyo cuerpo sin vida fue hallado el 22 de septiembre de 2013 sobre una cuneta, y quedó ratificada la condena a 18 años de prisión para cada uno de ellos por el asesinato de su hija.
La Sala de lo Civil y Penal, expone la sentencia, introduce un matiz, pues entiende que la madre de la víctima, Rosario Porto, fue la que asfixió a la menor de 12 años, sin la colaboración del padre, Alfonso Basterra, pero en ejecución de un "plan preconcebido con él", por lo que la pena sigue igual para ambos. La resolución confirma los hechos declarados probados por el tribunal del jurado, a la conclusión del juicio, a excepción de esta consideración.
Los magistrados concluyen en el fallo que sólo se puede situar a Porto en la casa de Montouto (Teo, La Coruña), una vivienda ubicada a escasos kilómetros de la cuneta en la que se localizó el cadáver, pero consideran que Basterra, del que no se puede inferir que estuviese allí, es culpable del mismo delito, por existir una trama urdida por los dos y ello en un plano de igualdad.
El Tribunal Superior de Justicia de Galicia desestima, de este modo, los recursos de apelación presentados por los padres de Asunta contra la sentencia dictada por la sección sexta de la Audiencia Provincial de La Coruña.
En este auto queda constancia de que del "silencio o de la falta de credibilidad" de la versión de Basterra sobre lo que hizo el 21 de septiembre, cuando se dio muerte a Asunta, no se puede desprender, a falta de otros datos objetivos y contrastados, que subiese al coche de Rosario, al mismo tiempo que la niña, y que fuesen los tres de Santiago a Teo. Tampoco que Basterra participase en el acto material y físico de asfixiar a la menor ni que volviese él por su cuenta a Santiago.
Sí que no hay duda de la compra y administración prolongada, por su parte, de la benzodiacepina, un ansiolítico que la autopsia reveló como existente en el cuerpo de la niña y que él adquirió, ni con el hecho de que Basterra "estaba al corriente" de los efectos que este sedante producía en la niña. Entiende la Sala que los "hechos indiciarios" conducen, en función de la lógica, la experiencia y las leyes de la ciencia, "a dar por acreditados los hechos".
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