Cómo solicitar el Servicio Andaluz de Teleasistencia en 2025: cobertura, requisitos y precios
La instalación y mantenimiento del dispositivo de teleasistencia es completamente gratis
Cómo solicitar a la Tarjeta Andalucía Junta 65, que amplía sus descuentos este 2025
La Junta de Andalucía ofrece un servicio de teleasistencia continua y personalizada para aquellas personas que requieran algún tipo de ayuda o seguimiento durante las 24 horas del día todos los días del año. El objetivo es favorecer la autonomía personal e independencia de los usuarios, así como una mayor integración social, para mejorar su calidad de vida. Si tienes algún familiar que se encuentre en situación de dependencia, a continuación, te explicamos todo lo que debes saber para solicitar el Servicio Andaluz de Teleasistencia.
Prestaciones del Servicio Andaluz de Teleasistencia
El servicio de teleasistencia de la Junta se dirige a personas mayores de 65 años, con discapacidad o en situación de dependencia, así como a sus cuidadores. Su fin es el de prevenir y ofrecer una respuesta inmediata ante situaciones de soledad, aislamiento social, emergencia o inseguridad. Entre las prestaciones que ofrece a sus usuarios se encuentran:
- Atención directa y personalizada ante cualquier necesidad en cualquier momento
- Respuesta inmediata ante situaciones de emergencia y la movilización de los recursos necesarios
- Aviso a familiares o cuidadores en caso de necesidad
- Seguimiento posterior a las situaciones de emergencia
- Conversación y compañía en caso de soledad no deseada
- Información sobre los servicios que ofrece el Sistema Andaluz de Servicios Sociales
- Contacto periódico con los usuarios para hacer un seguimiento de su edad
- Recuerdo de la realización de actividades concretas, como citas médicas y toma de medicación
Los usuarios de este servicio recibirán un dispositivo de teleasistencia, el cual permite contactar con la central de teleasistencia, descolgar cualquier llamada pulsando el botón y hablar en modo manos libres. Además, los técnicos del servicio realizarán un seguimiento de las personas usuarias mediante visitas periódicas a los domicilios.
Para las personas con dependencia moderada (Grado I), se ofrece el servicio de Teleasistencia Avanzada, que incluye dispositivos periféricos que permiten la detección de situaciones de riesgo, como detectores de gas, humo o caídas y facilita la atención fuera del domicilio con la utilización de dispositivos móviles y de localización.
¿Quién puede solicitar el Servicio Andaluz de Teleasistencia?
Podrán ser titulares del servicio de teleasistencia de la Junta de Andalucía:
- Las personas en situación de dependencia de cualquier edad que tengan reconocida esta prestación en su Programa Individual de Atención (PIA)
- Personas con discapacidad, de entre 16 y 65 años, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65% que estén empadronadas en cualquier municipio de Andalucía
- Los mayores de 65 años que sean titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65
Las solicitudes deben realizarse de forma telemática a través de sede electrónica o del teléfono 900 92 00 29. Asimismo, se puede recoger el formulario de solicitud y la declaración responsable del cuidador en las Delegaciones Territoriales de la Consejería de Inclusion Social, Juventud, Familias e Igualdad, o bien descargarlos en la web del servicio. Una vez cumplimentados deben remitirse por correo a la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
¿Cuánto cuesta el Servicio Andaluz de Teleasistencia?
El servicio de teleasistencia puede ser gratuito o tener un coste mensual en función del perfil del beneficiario:
Gratuito
- Mayores de 80 años
- Personas en situación de dependencia, menores de 80 años y con ingresos inferiores al 75% del IPREM (6.300€ anuales)
- Titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65 Oro que vivan solas o que convivan exclusivamente con titulares de dicha tarjeta
- Titulares de la Tarjeta Andalucía 65 mayores de 80 años y que vivan solas
Cuota de 3,60 euros/mes
- Personas en situación de dependencia, menores de 80 años y con ingresos superiores al 75% del IPREM (6.300€ anuales)
- Titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65 Oro que convivan con personas no titulares de dicha tarjeta
Cuota de 10,80 euros/mes
- Titulares de la Tarjeta Andalucía Junta 65 no incluidos en los apartados anteriores.
- Personas con discapacidad menores de 65 años
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