Comercio y ciudad

Más allá de su función meramente comercial, los establecimientos han ido adquiriendo un papel cada vez más decisivo en la configuración urbana

Calle Amador de los Ríos, en Baena, ejemplo de establecimientos integrados en la vida cotidiana de un barrio.
Calle Amador de los Ríos, en Baena, ejemplo de establecimientos integrados en la vida cotidiana de un barrio.
Laura Felices / Sevilla

14 de septiembre 2009 - 05:02

La posición relevante que el comercio ocupa en el conjunto de nuestra economía ha potenciado las funciones de los establecimientos comerciales, sobre todo como conformador de las ciudades. Es indudable que el comercio ha tenido un papel decisivo en su crecimiento al ser un ingrediente esencial para la vitalidad urbana, pero al tener cada vez un mayor protagonismo y, sobre todo, por estar cada vez más ligado al ocio y no centrarse únicamente en un servicio de satisfacción de necesidades, se ha transformado en un elemento básico en nuestro modelo de vida, impulsando las economías locales, favoreciendo las relaciones sociales y potenciado la actividad ciudadana.

En este sentido, cada vez es mayor el reconocimiento del importante papel desempeñado por el comercio en el mantenimiento de la vida comunitaria equilibrada, ya sea en el centro de las ciudades o en las tiendas de barrio. Un centro comercial de barrio con suficiente vida suele funcionar también como centro cultural de la comunidad, confiriendo así al comercio una importante función de cohesión social. Las tiendas dan vida a los centros de las ciudades y frenan la tendencia a la desertización urbana.

De esta forma, en nuestro comercio perviven dos tendencias urbanas contrapuestas: el comercio en los centros históricos de nuestros pueblos, ciudades y barrios, y el periférico. Desde las políticas públicas se plantea primar la ubicación de los grandes establecimientos dentro de la trama urbana de las ciudades y cabeceras comarcales, y favorecer así las sinergias con el pequeño comercio de proximidad y el mantenimiento de nuestro modelo comercial, concibiendo los equipamientos comerciales como instrumentos de oportunidad para la transformación de la ciudad y mejora de la calidad de vida.

El desarrollo de las nuevas formas comerciales, en particular de las grandes superficies, ha supuesto importantes cambios en la ordenación comercial urbana. Por un lado, estos nuevos establecimientos son portadores de aspectos positivos como, por ejemplo, su capacidad de atracción de nuevas actividades económicas en zonas que registren déficits comerciales, la mejora del empleo y la ruptura de monopolios espaciales. Sin embargo, también es cierto que la creciente importancia del comercio en la articulación de las ciudades implica que sea necesaria una planificación urbana de la actividad comercial que afecte de forma integrada a todo el sector y no tan sólo a algunas formas comerciales, así como la inclusión de las actividades comerciales en la planificación urbana general.

La localización de los establecimientos comerciales no ha de regirse sólo por criterios de rentabilidad económica, sino que ha de favorecer la articulación territorial y hacer frente a los nuevos fenómenos que los procesos de concentración urbana generan. De este modo, junto con los clásicos parámetros al uso, como la renta disponible y la capacidad de compra, la evolución de la población y las facilidades de acceso, han de tenerse presentes otros aspectos de naturaleza social, cultural y medioambiental que permitan que el urbanismo comercial favorezca la convivencia y el desarrollo de la vida.

planificación

El fuerte crecimiento de las ciudades no ha estado acompañado de medidas de ordenación urbanística que buscaran un uso más racional de los espacios urbanos. Del mismo modo, la implantación del comercio en las ciudades ha adolecido generalmente de falta de planificación, dado que la ordenación urbanística y territorial es un fenómeno relativamente reciente. La forma espontánea de la implantación de las grandes superficies ha restado fuerza a los beneficios que su presencia lleva acompañados.

En este sentido, la transposición de la Directiva 2006/123/CE, de Servicios en el mercado interior, proceso en el que nos encontramos inmersos, con el objetivo de facilitar el intercambio de servicios en el mercado interior de la Unión Europea va a suponer una importante modificación de la legislación comercial andaluza, principalmente en los contenidos de la intervención administrativa en todos aquellos servicios que se realizan con contrapartida económica.

Su importancia radica en que, de manera novedosa, incorpora la perspectiva territorial y urbanística a la planificación comercial, dejando a un lado los criterios económicos, con el fin de favorecer el comercio urbano. De esta forma, se profundiza en la coherencia entre la actividad (dimensión sectorial), el medio en el que se inserta (dimensión territorial y ambiental) y el uso que se hace del suelo (dimensión urbanística), planificando de esta forma la localización de las grandes superficies a partir del modelo territorial ratificado en el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía (POTA) y compatibilizando así la modernización del sector con el uso racional y equilibrado de los espacios urbanos y el respeto al medio ambiente.

De esta forma, en la implantación de las grandes superficies minoristas priman los principios de cohesión, equilibrio territorial y ciudad compacta, pues se persigue la potenciación de la centralidad urbana y la integración de las grandes superficies en el tejido comercial urbano. En este sentido, la planificación urbanística deberá preceder la instalación y autorización de las grandes superficies, garantizando la proximidad a la población y su conexión con el suelo residencial y prestando especial atención a la ordenación de la movilidad urbana, con una adecuada previsión de la red viaria, urbana e interurbana y una suficiente conexión con redes de transporte público.

Con la realización de estos cambios en nuestra legislación comercial, damos cumplimiento a lo exigido en la normativa europea, vinculando nuestra política de regulación de los equipamientos comerciales a la ordenación del territorio, dada la gran importancia que tiene el disponer de un equipamiento comercial adecuado para la configuración de las ciudades.

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