El pago de la plusvalía tras la sentencia del TC

Facua pone en marcha una plataforma de afectados para reclamar el impuesto de plusvalía

  • La asociación ya tramita reclamaciones por la anterior sentencia del Constitucional que estableció que los usuarios no deben pagar la plusvalía si perdieron dinero cuando realizaron la venta del inmueble

Una promoción de viviendas en el área metropolitana de Sevilla.

Una promoción de viviendas en el área metropolitana de Sevilla. / Juan Carlos Muñoz

La asociación de consumidores Facua ha puesto pone en marcha una plataforma de afectados para asesorar y ayudar a los usuarios a reclamar el impuesto de plusvalía, una vez conocida la decisión del Tribunal Constitucional (TC) de declarar inconstitucionales algunos apartados de la ley que regula este tributo.

Así, tras la anulación de este impuesto por parte del Alto Tribunal, Facua señala que se ha abierto la vía para que los usuarios puedan reclamar al Ayuntamiento la devolución del dinero que pagaron como consecuencia de su aplicación.

El Alto Tribunal ha avanzado este martes 26 de octubre que ha declarado inconstitucional el método de cálculo de la base imponible del impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU) -conocido como plusvalía-. En concreto, anula tres apartados del artículo 107 de la Ley de Reguladora de las Haciendas Locales, que regula este tributo.

En el avance, el Constitucional ha indicado que "establece un método objetivo de determinación de la base imponible del Impuesto que determina que siempre haya existido aumento en el valor de los terrenos durante el periodo de la imposición, con independencia de que haya existido ese incremento y de la cuantía real de ese incremento". Esto es, el impuesto no tiene en cuenta si realmente ha existido un incremento real del valor del terreno.

El TC también ha señalado que "el fallo declara la intangibilidad de las situaciones firmes existentes antes de la fecha de la aprobación de la sentencia". Así, no serían firmes aquellas liquidaciones del impuesto que están dentro del plazo legal para ser recurridas, las que se encuentran recurridas y están pendientes de resolución y aquellas resueltas pero sobre las que es posible presentar recurso. Tampoco serían firmes las autoliquidaciones que hubieran presentado los usuarios en los últimos cuatro años.

En cualquier caso, Facua se encuentra actualmente a la espera de la publicación de la sentencia íntegra del Tribunal Constitucional para valorar el alcance de su contenido y conocer en detalle cómo afecta a los usuarios y a las reclamaciones que puedan plantear. La asociación señala a los usuarios que pueden acudir o contactar con la asociación para que estudie su caso y valore las acciones que se puedan ejercer.

Además, Facua recuerda que actualmente ya se encuentra tramitando reclamaciones de los usuarios en relación a la anterior sentencia del Tribunal Constitucional que determinó que los usuarios no deben pagar el impuesto de plusvalía si perdieron dinero cuando realizaron la venta del inmueble.

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