Juicio de los ERE

Griñán critica a la Fiscalía por acusarlo con "juicios de inferencia" no probados

  • "No vale decir que una persona por el cargo que ocupa podía o tenía que conocer un informe, cuando está suficientemente probado que no se lo remitieron"

Griñán, en primer plano, escucha el informe de Mohedano, en presencia del tribunal

Griñán, en primer plano, escucha el informe de Mohedano, en presencia del tribunal / Raúl Caro / EFE

La defensa del ex presidente de la Junta José Antonio Griñán ha criticado este miércoles a la Fiscalía Anticorrupción y a las acusaciones por acusarlo con "juicios de inferencia" que no han sido probados en el juicio de los ERE y que, en su opinión, se asemejan a una "convicción íntima" de las acusaciones carente de toda corroboración.

El letrado José María Mohedano ha afirmado en su informe definitivo que las acusaciones han sustituido sistemáticamente la prueba del conocimiento, la intención y la voluntad por los juicios de inferencia o juicios de valor. Así, ha indicado que expresiones como "pudo haber conocido", "debía haber conocido", "tenía que conocer", "si hubiera conocido" y otras similares "todavía retumban" en sus oídos, especialmente cuando las acusaciones hacían sus preguntas al portavoz de los peritos de la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), Ángel Turrión.

Mohedano ha citado una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos del 25 de octubre de 2011, que ha sido asumida por la jurisprudencia española, según la cual la carga de la prueba recae sobre las acusaciones y de esta forma "ya no vale decir que una persona por el cargo que ocupa podía o tenía que conocer un informe [en referencia al informe adicional de 2003 que alertaba de las irregularidades], cuando está suficientemente probado que la persona que se lo tenía que mandar no se lo remitió, pero sí se lo remitió a otros, y está también archiprobado que las personas que los recibieron han afirmado rotundamente que no se los dieron a conocer, ni por escrito ni verbalmente, a quien no fue el destinatario", ha indicado en alusión a Griñán.

La defensa ha recordado que los juicios de inferencia son elementos subjetivos que requieren que sobre los mismos se haya practicado una "prueba objetiva y externa, labor que no se puede sustituir o zanjar mediante un simple juicio de inferencia carente de apoyatura en hechos externos y sometidos al debate". De ahí que las acusaciones "han de aportar pruebas externas tanto del hecho objetivo como del hecho subjetivo".

Trasladada esta doctrina al juicio de los ERE, Mohedano ha afirmado que el supuesto concierto de los ex altos cargos para introducir las transferencias de financiación con la finalidad de evitar la fiscalización previa no está probado "más allá de un juicio de inferencia", y aunque ha apuntado que este tipo de argumentos "puede servir para otras cosas, para un juicio penal no sirven". Ha aseverado que en este caso ya no se trata de un juicio de inferencia, sino un "prejuicio de inferencia", por lo que las acusaciones tienen que probar que las transferencias se eligieron para eludir la fiscalización previa.

"¿En qué se diferencian estos juicios de inferencia de una convicción íntima de las acusaciones? En nada. Y no se pueden juzgar estos hechos por juicios de inferencia que no han sido probados desde el principio hasta el final", ha concluido.

Por todo ello, Mohedano ha concluido su informe solicitando una sentencia absolutoria para José Antonio Griñán. "Una sentencia absolutoria que confiadamente espero", ha manifestado al término de su intervención.

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