La Justicia perdona 126.000 euros de deuda a un matrimonio de Sevilla por la Ley de Segunda Oportunidad
Segunda Oportunidad
Las deudas de la pareja se acentuaron con la pandemia
La pandemia ha descuadrado la economía de muchos hogares en los que los ingresos han disminuido sensiblemente. Uno de ellos, formado por un matrimonio de funcionarios sevillanos vio cómo las restricciones sanitarias por el coronavirus aumentaban al tiempo que disminuía el dinero en su cartera, enfrentándose, como muchos ciudadanos, a una situación que nadie esperaba. Ahora, el Juzgado de Primera Instancia número 8 de Sevilla ha cancelado todos las deudas pendientes que mantenía esta pareja con numerosas entidades financieras. A partir de esta resolución pueden empezar de cero y solicitar su salida de cualquier fichero de morosidad.
El asunto ha sido llevado íntegramente por los abogados de la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, una entidad especializada en procedimientos de insolvencia. Por motivos personales, la pareja se vio obligada a solicitar numerosos préstamos y créditos. "Al ser funcionarios, las entidades financieras les ofrecieron todo tipo de productos, generando un importe mensual a devolver más que desaconsejable", afirman desde la asociación.
"Dejar de cobrar determinados complementos salariales, sumados a una baja por enfermedad de uno de los cónyuges, les llevó a no ingresar lo suficiente para afrontar los créditos y a incurrir en impagos y comenzaron las consecuentes amenazas de acreedores", explican los letrados.
Cuando ya estaban con una deuda de 126.163,42 euros, se pusieron en contacto con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que les aconsejó declarse insolventes y acogerse al proceso de la Ley de Segunda Oportunidad. Al iniciar el trámite se suspendieron los intereses de demora, teniendo capacidad de ahorro para la cuotas de deuda hasta que se resolviera el proceso. "Esto proporcionó un gran respiro para los deudores, que también se vieron protegidos de posibles embargos su único bien, su vehículo", aseguran.
Aunque intentaron llegar a un acuerdo con los acreedores para afrontar la deuda acorde a sus posibilidades, resultó imposible puesto que ningún mediador concursal aceptó llevar el expediente. "Esto hizo que los deudores tuvieran el derecho al 100% del perdón de sus deudas, ya que ellos de buena fe intentaron pagar algo, y fueron causas ajenas a su voluntad las que lo evitaron. El resultado esperado, es decir, la exoneración del pago de los créditos fue concedido por el Juzgado el pasado 17 de noviembre", aseguran desde la asociación.
Para acogerse al procedimiento de la Ley de Segunda Oportunidad es necesario cumplir una serie de requisitos como la insolvencia del interesado, que la cuantía global de la deuda no supere los cinco millones de euros, el intento de un acuerdo de pagos y, por supuesto, que no haya sido condenado por delitos socioeconómicos. Todo esto se resume en que el solicitante sea un deudor de buena fe.
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