Derechos laborales

La sala de lo Social del TSJA reconoce la incapacidad laboral total a una teleoperadora

  • La mujer, que padece diferentes trastornos, además de fibromialgia, lleva desde 2016 intentando que se le reconozca esta incapacidad

Dos teleoperadoras en una imagen de archivo

Dos teleoperadoras en una imagen de archivo / M. G.

Después de cinco años, una mujer que trabajaba como teleoperadora ha visto reconocida la incapacidad total laboral por la Sala de lo Social del TSJA. De este modo, ha estimado el recurso de suplicación interpuesto por el abogado Daniel Sánchez Bernal contra la sentencia dictada el 3 de diciembre de 2019 por el Juzgado de lo Social Número  2 de Sevilla. El alto tribunal andaluz ha declarado a la mujer "afecta de incapacidad permanente total para su profesión habitual de teleoperadora", condenando al Instituto Nacional de la Seguridad Social al abono de la prestación correspondiente "en la cuantía y con la fecha de efectos reglamentarias".

Según el letrado, "suele ser muy poco habitual este tipo de sentencias tratándose de teleoperadora puesto que los jueces, desgraciadamente, suelen considerar este trabajo como sedentario". La mujer padece, entre otros trastornos, fibromialgia, todos  reconocidos por el Instituto de Medicina Legal, sin embargo, en primera instancia no obtuvo el reconocimiento de incapacidad laboral total. El abogado, muy devoto de la Esperanza de Triana, asegura que no esperaba una resolución favorable "porque los jueces suelen considerar que el trabajo de teleoperadora es muy sedentario y no tiene un gran desgaste laboral ni necesita mucha concentración para ejecutarlo. Por eso le pedí a la Esperanza que me ayudara y, curiosamente, hoy víspera de su día, me han comunicado la sentencia favorable". 

La sentencia es clara al respecto: "Creemos que no puede seguir desempeñando las tareas propias de su profesión de teleoperadora por la enfermedad psiquiátrica que presenta, con la debida continuidad y eficacia, pues le impedía (...) seguir manteniendo durante una jornada laboral completa, debiendo considerar que esa profesión, a causa del trato continuado con clientes, supone una carga de estrés al menos moderada, así como una necesidad de comunicación fluida con los mismos, para lo que no estaría capacitada la actora".

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