El TSJA ratifica la condena a diez años de un joven que abusó de su prima desde los 10 a los 14 años

Abusos sexuales

Fue absuelto de abusar de otra prima al no haberse podido probar que el delito se cometió después de haber cumplido el acusado la mayoría de edad

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla
El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

El TSJA ha confirmado la condena de diez años y un mes para José Manuel R. G. por un delito de abuso continuado a su prima desde que ella tenía 10 años y hasta que cumplió 14. Según la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevila, el acusado, que es ocho años mayor que la víctima, tenían una estrecha relación puesto que sus padres, además de hermanos, trabajaban juntos en la finca. Mientras que los niños eran pequeños, vivieron juntos allí hasta que los padres del acusado se separaron en el año 2008.

Como José Manuel R. G. era mayor, lo habitual es que los primos más pequeños quedaran a su cargo mientras estaba en la finca. Según la sentencia, cuando el acusado cumplió 18 años, "con la intención de satisfacer sus deseos sexuales, vino haciendo de forma asidua objeto de tocamientos" a su prima, que tenía entonces 10 años, llegando incluso a penetrarla y a obligarla a mantener sexo oral tanto en el chalé de la finca donde el acusado tuvo su vivienda mientras convivieron sus padres, en los alrededores de la misma, en su casa, en una parcela de su madre, "y siempre aprovechando que en esos momentos no hubiera nadie".

La menor, que "le había hecho saber en numerosas ocasiones que no quería que tales actos continuaran" puso fin a estos hechos de "manera radical" cuatro años después, en verano de 2014. Sin embargo, los hechos no fueron denunciados hasta tres años después, en 2017, después de que un año antes la joven le contara a su madre lo que había pasado con su primo.

Por estos hechos, la Audiencia Provincial de Sevilla condenó al primo a diez años y un mes de cárcel por un delito continuado de abuso sexual además de la prohibición de acercarse a menos de 200 metros de la víctima durante 12 años, libertad vigilada durante cinco años y una indemnización de 6.000 euros. El acusado resultó absuelto de un delito de abusos a otra prima, al no poder probar que el acusado los realizó después de cumplida la mayoría de edad.

Contra esta sentencia, la defensa de José Manuel R. G. interpuso un recurso ante el TSJA solicitando a libre absolución del acusado que ahora ha sido desestimado. Según el alto tribunal andaluz, en una sentencia facilitada por su oficina de Comunicación, la credibilidad del testimonio de la víctima es clara. Entre otras razones esgrime que la joven "describió en qué consistieron los abusos y los situó temporal y geográficamente con datos lo suficientemente precisos, teniendo en cuenta la corta edad que tenía cuando ocurrieron, y el tiempo trascurrido desde entonces, lo cual aportó aún más credibilidad a su testimonio".

Para el TSJA, " o que ocurrió fue que el acusado se aprovechó de la amistad de la menor y de su edad, y de la confianza que en él depositaron" la niña y sus padres, "para corromperla y hacerla partícipe de unas prácticas sexuales prematuras que muy probablemente marcarán su desarrollo personal".

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