caso Magrudis

El arquitecto de Magrudis se presenta como una "víctima" de la actuación del Ayuntamiento

La Guardia Civil en la sede de Magrudis, investigación en la que también se ha pedido que se declare la responsabilidad civil del Ayuntamiento.

La Guardia Civil en la sede de Magrudis, investigación en la que también se ha pedido que se declare la responsabilidad civil del Ayuntamiento. / juan carlos vázquez

El arquitecto Sergio L. G., que ha sido procesado por un delito de falsedad en relación con la "declaración responsable" que presentó Magrudis para el desarrolló de la actividad que provocó el mayor brote de listeriosis de España, ha presentado un recurso en el que solicita el archivo de la causa contra él y en el que se presenta como una "víctima" de la actuación del Ayuntamiento de Sevilla.

La defensa señala en el recurso de reforma y subsidiario de apelación que ha presentado contra el auto dictado el pasado 29 de junio por la juez de Instrucción número 10, Pilar Ordóñez que la acusación se basa "exclusivamente" en el informe emitido por el arquitecto jefe del servicio de la delegación de Medio Ambiente del Servicio de Protección Ambiental del Ayuntamiento de Sevilla que fue remitido a la Guardia Civil, quien finalmente "realizó su informe a la medida del Ayuntamiento", pues "se puede comprobar que las conclusiones de su informe fueron un mero corta y pega".

El recurso del arquitecto llama la atención en que es el propio Ayuntamiento quien "por medio de uno de sus técnicos elaboró sencillamente un 'escrito acusación' en el que no sólo ocultaron información determinante para intentar lograr que la instrucción de la causa se apartara de su camino, sino que además se buscó una víctima propicia", en alusión al arquitecto procesado, Sergio L. G.

En el auto de procesamiento, la juez señalaba en relación con la actuación de este arquitecto que el proyecto de Magrudis no se presentó como una "ampliación de la instalación ni para implantar una actividad, sino para la legalización de la actividad de Magrudis, S.L., con código de actividad A.1.8.2, aunque era conocedor de que no procedía declararla, faltando a la verdad, dando apariencia de legalidad, a una actividad no controlada". La instructora señalaba que el proyecto no podía tramitarse por la vía de la "declaración responsable, acomodando el contenido de parte del proyecto que realiza y que presenta en el Ayuntamiento de Sevilla el 11 de diciembre de 2018, a la situación más favorable para obtener la legalización del funcionamiento de Magrudis, S.L., a través de esta forma de tramitación (Declaración Responsable), a sabiendas de que no procedía, con conocimiento y previo acuerdo" de los responsables de la empresa, José Antonio Marín Ponce y su hijo Sandro.

Un informe elaborado por los agentes del Servicio de Protección de la Naturaleza (Seprona) de la Unidad Central Operativa de Medio Ambiente (Ucoma) de la Guardia Civil puso de manifiesto durante la instrucción que el arquitecto que presentó dicha declaración en el Ayuntamiento de Sevilla, como técnico redactor del proyecto, cometió "numerosas inexactitudes y deficiencias en la documentación y proyecto". Según los investigadores, algunas de esas deficiencias eran "graves y de carácter esencial, dando apariencia de legalidad a una actividad no controlada y que se quiere legalizar, con el objeto de obtener un lucro económico"

La Guardia Civil consideró entonces que el arquitecto era "conocedor de que el conjunto del proyecto no queda dentro de los previstos en la ordenanza vigente para tramitarse por declaración responsable" y así añade que éste "acomoda el contenido de parte del proyecto" a la "situación más favorable de cara a la legalización del funcionamiento de Magrudis”.

El informe incluyó además la declaración de varios funcionarios del Ayuntamiento, entre ellos una trabajadora municipal que admitió que ante la falta de personal, el expediente de Magrudis "lo metió en una caja" y de ahí se produce la "demora en generar el expediente a fecha 28 de diciembre de 2018". Según esta funcionaria, ya se había comunicado "varias veces" la falta de personal a la Sección de Personal del Ayuntamiento hispalense.

La "confusa" tramitación municipal

La defensa del arquitecto, que ejerce el letrado Javier de Cossío Pérez de Mendoza, asegura en su recurso, al que ha tenido acceso este periódico, que "ni ha existido intencionalidad en incurrir en infracción penal de clase alguna y ni tan siquiera administrativa" y en este sentido señala que la única fuente para tratar de acreditar el delito "es el propio generador de la confusa tramitación", en alusión al Ayuntamiento. En este sentido, alega que los criterios que emplea el Consistorio en relación con la "declaración responsable" son "confusos y difíciles de entender y aplicar en casos de solicitud de licencia".

"Es sencillamente intolerable que sea el propio Ayuntamiento la mejor fuente para juzgar la intencionalidad de quien presenta una documentación, afirmando que la misma es intencionadamente errónea, cuando los propios criterios que han de velar por su aplicación ofrecen, cuanto menos, las mismas dudas e inducen a todo tipo de confusión y error, lo cual conlleva un proceso tardío en cualquier tipo de posible subsanación".

Como prueba "evidente" de lo ocurrido, la defensa concluye que tras revisar las supuestas irregularidades, incluso con la documentación presentada y aplicando correctamente las leyes aprobadas, fue "calificada la tramitación como favorable, partiendo incluso de la base de los propios criterios del Ayuntamiento de Sevilla. La falta de claridad en su aplicación en el Ayuntamiento de Sevilla, incluso su comportamiento con otros ayuntamientos más desarrollados y acordes a lo especificado en las leyes sobre su tramitación, ha provocado como reacción una acusación muy grave e incluso ha elevado su nivel de exigencia a posteriori sin ser de aplicación, por parte del citado ente", añade.

El letrado dice que el Ayuntamiento ha realizado cambios en las propias ordenanzas relacionadas con la declaración responsable y ha creado nuevos modelos y tablas de aplicación, por lo que "se asevera como un acto intencional lo que resulta ser imposible de cumplir y comprobar incluso por los propios veladores de su cumplimiento, demostrándose esta situación debido a que se han creado nuevas normas y cambios de presentación por el Ayuntamiento posteriormente a los hechos".

Por último, recuerda que las instalaciones de Magrudis fueron revístala por la Junta de Andalucía, que le otorgó incluso un número de registro general sanitario de empresas alimentarias y alimentos "sin alegación en contra a que ejerciera su actividad ni reproche alguno" en el año 2015 y luego fue objeto de otras dos inspecciones por parte del Ayuntamiento en los años 2016 y 2017. "Es evidente que nuestro defendido ni engañó ni ocultó dato alguno, y mucho menos que existiera falsedad en ninguno de sus actos", concluye.

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