La Audiencia revoca la condena de la Fundación Casa Ducal de Medinaceli y preserva íntegramente su patrimonio

Una sentencia reciente desestima todas las demandas y deja sin efecto la sentencia de 2021 que impuso a la Fundación el pago de 40,5 millones con bienes de su dotación

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El interior de la casa de Pilatos.
El interior de la casa de Pilatos. / JOSE ANGEL GARCIA

La Audiencia Provincial de Sevilla ha estimado íntegramente el recurso presentado por la Fundación Casa Ducal de Medinaceli, representada por el bufete Uría Menéndez, y ha revocado la sentencia dictada en primera instancia en diciembre de 2021, que la condenaba a suplementar las legítimas de los demandantes -seis de los herederos de Doña Victoria Eugenia Fernández de Córdoba, XVIII duquesa de Medinaceli- con bienes de su dotación por un importe de 40,5 millones de euros.

La resolución judicial desestima todas las demandas formuladas contra la Fundación y garantiza la plena preservación de su patrimonio dotacional, sin merma alguna, según ha informado el director general de la Fundación Casa Ducal de Medinaceli, Juan Manuel Albendea Solís.

La Audiencia declara probado que los demandantes conocían las dotaciones y donaciones realizadas a favor de la Fundación, tanto por su condición de familiares directos de la fundadora como por su participación en el Patronato de dicha institución, y subraya la notoriedad y publicidad de los bienes donados, en su mayoría bienes de interés cultural y monumental calificado, como la Casa de Pilatos o el Pazo de Oca y sus colecciones muebles.

La resolución comporta la preservación de estos bienes dentro del patrimonio fundacional, asegurando su continuidad y su destino al interés general, conforme a la voluntad de la fundadora, evitando su fragmentación o su integración en patrimonios particulares.

Asimismo, la sentencia pone de relieve la coherencia de las actuaciones de la fundadora, que constituyó la Fundación más de treinta y cinco años antes de su fallecimiento, cuando los bienes aportados representaban una parte reducida de su patrimonio y, en consecuencia, la inexistencia de una voluntad de perjudicar las legítimas hereditarias.

Este pronunciamiento de la Audiencia hispalense deja, por tanto, sin sustento alguno las acusaciones vertidas por los demandantes -tanto en sede judicial como en el ámbito de los medios de comunicación- relativas a una supuesta actuación concertada entre la fundadora y el actual presidente de la Fundación, el Duque de Segorbe, para menoscabar sus derechos hereditarios, reafirmando la legitimidad de todas las decisiones adoptadas en vida por la fundadora.

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