Dos Hermanas

El TSJA confirma los diez años de cárcel al acusado de un tiroteo en la puerta de una discoteca en Dos Hermanas

La Audiencia de Sevilla y los juzgados al frente.

La Audiencia de Sevilla y los juzgados al frente. / juan carlos muñoz

El TSJA ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Sevilla que condenó a Michael T. C. a diez años de cárcel por disparar en varias ocasiones en la puerta de una discoteca en Dos Hermanas a la que no le dejaron entrar por estar borracho. El tiroteo causó al menos tres heridos que han ejercido como acusación particular. 

Los hechos ocurrieron en 2016, cuando sobre las 5:00 del 2 de octubre, el acusado intentó entrar con un grupo de personas en una discoteca de Dos Hermanas. Sin embargo, las personas que controlaban el acceso no lo permitieron "por encontrarse bajo los efectos del alcohol". Tras una breve discusión, se marchó del lugar. Pero no fue muy lejos y solo hora y media más tarde volvió con la intención de entrar en la discoteca. 

Los porteros volvieron a negarle el acceso por las mismas razones: estaba bajo los efectos del alcohol. Se montó en el coche y, derrapando, se fue. Sin embargo, minutos después, Michael T.  C. estaba de nuevo cerca de la discoteca. Esta vez, portando un arma de fuego y colocado en la esquina de una calle situada a unos 30 metros de la entrada del local.  Desde allí realizó una serie de disparos que alcanzaron a siete personas y que ocasionó a algunas de ellas, importantes lesiones según indica la sentencia de la Audiencia de Sevilla.

Tras disparar, abandonó el lugar en su coche. Estuvo escondida hasta que fue detenido 12 días después el 14 de octubre en Alcalá de Guadaíra.

La sección séptima de la Audiencia de Sevilla condenó a Michael T. C. a siete años de cárcel por un delito de lesiones agravadas por la pérdida de un sentido, a dos años y seis meses de prisión por un delito de lesiones 720 euros de multa por cada uno de los cinco delitos leves de lesión. A esto se suman ocho meses de prisión por un delito de tenencia ilícita de armas.   

Asimismo fue condenado a pagar indemnizaciones en concepto de responsabilidad civil entre los 79.681 y los 920 euros a los siete lesionados y que suman un total de 119.533,12 euros

Recurso de la defensa

Frente a esta sentencia de la Audiencia de Sevilla, la defensa del acusado interpuso un recurso de apelación donde alegaba vulneración de la presunción de inocencia, error en la apreciación de la prueba, vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva por falta de motivación de la calificación jurídica de los hechos, entre otras razones, que ha sido desestimado totalmente por el TSJA, según la sentencia facilitada por la oficina de comunicación del alto tribunal andaluz.

Según la defensa, Michael T. C. fue condenado por indicios. Sin embargo, la Sala de Apelación del TSJA considera que el acusado "tenía un motivo para el ataque, por desproporcionada que fuera la relación entre estímulo y respuesta, tenía facilidad para dotarse de un arma de fuego como la empleada en ese ataque y tuvo la oportunidad de cometerlo". A estos datos se suman "que la complexión física, la vestimenta y el arreglo capilar del autor de los disparos coinciden con los del acusado ), como coincide, en marca, modelo, color y hasta antigüedad relativa el automóvil que empleó el autor para huir con el que utiliza el acusado, que no es muy corriente" y que el acusado "huyó inmediatamente después de los hechos, permaneciendo oculto hasta ser detenido", además de que no ha identificado "con mínima precisión" a las personas que supuestamente iban con él esa noche. 

Sobre el cambio de calificación de las lesiones alegado por el recurso, la Sala de Apelación afirma que "roza el cinismo involuntario decir que los resultados lesivos más graves se han producido solo por la mala fortuna de los afectados, como si se tratara de un evento fortuito". A esto añade que carece de sentido utilizar como argumento exculpatorio "que el acusado cesara en su acción después de disparar cuatro veces, habiendo descargado dos veces su arma y cuando ya se habían producido diversos resultados lesivos".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios