Homicidio imprudente

Cuatro condenados por la muerte de Alba en la Feria de Maribáñez de 2014

La atracción donde se produjo el fatal suceso, con el precinto de la Guardia Civil en primer plano.

La atracción donde se produjo el fatal suceso, con el precinto de la Guardia Civil en primer plano. / Juan Carlos Muñoz

La muerte de Alba María Carretero, la niña de 12 años que el 19 de septiembre de 2014 resultó electrocutada al salir de una atracción en la Feria de Maribáñez, ya tiene culpables. Casi nueve años después del triste suceso, el Juzgado de lo Penal número 1 de Sevilla ha condenado a penas menores de cárcel al propietario del cacharrito, su instalador eléctrico, el concejal del Ayuntamiento de Los Palacios que ordenó revisar el recinto después de que en la víspera saltaran unos chispazos en los coches locos y el electricista municipal. Al primero, a nueve meses de prisión; al resto, a seis meses. Todos cometieron un delito de homicidio por imprudencia grave, el feriante como autor y los demás por omisión. La Fiscalía pidió entre tres y dos años. La familia, cuatro años para todos. Para fijar las penas finales, el juez aplica la atenuante muy cualificada de dilaciones extraordinarias e indebidas.

Los acusados, solidariamente entre ellos y junto a dos compañías de seguros y el Ayuntamiento de Los Palacios, también deberán indemnizar a cada uno de los padres de Alba con 52.724,46 euros (esa cantidad ya ha sido abonada por las aseguradoras), a su hermano con 19.172,54 (también pagados ya) y a otros cuatro niños que resultaron heridos con cuantías que oscilan entre 3.509,70 euros para la niña que iba detrás de Alba y 31,43 para los otros tres. La sentencia, que no es firme y fue dictada el 3 de julio, también acuerda el decomiso de La Olla, que era el nombre de la atracción.

El juez considera probado que José Antonio C.S., propietario de La Olla, montó “personalmente” la atracción pero “incumplió la normas de diligencia y cuidado exigidas para la correcta colocación y conexión de la pica de tierra”. “Lo hizo de manera descuidada y muy defectuosa, no la clavó en la tierra al menos medio metro, sino apenas 30 centímetros, y no conectó debidamente con las piezas apropiadas la pica de tierra y la estructura de la atracción mediante un cable. Se limitó a retorcer una punta del cable en el extremo superior de la pica y unió la otra punta a una de las patas de la atracción”, relata la sentencia. El instalador eléctrico contratado por el feriante, por su parte, “no revisó con la diligencia y el cuidado exigidos la atracción una vez instalada y no se percató de que la pica de tierra no estaba correctamente colocada y conectada”.

El siguiente acusado en el relato de los hechos es Manuel Begines, entonces concejal delegado de Seguridad Ciudadana de Los Palacios (Maribáñez es una pedanía de este municipio). “Tras tener conocimiento de que en la atracción se estaban produciendo deficiencias eléctricas, no ordenó a la Policía Local que la precintara hasta que se verificara su correcto funcionamiento por parte del órgano competente, ni puso tales hechos en conocimiento del delegado de Festejos o del propio alcalde”. Según el juez, “asumió una competencia que no le correspondía al enviar al electricista del Ayuntamiento y dio por buenas las explicaciones que este dio”. Ese último encausado, José D.L., “aceptó” esa encomienda “a sabiendas de que no tenía ni los conocimientos técnicos ni los medios materiales necesarios para llevarla a cabo correctamente y cumplió dicha actuación de manera descuidada y sin percatarse del estado defectuoso que presentaba la pica”.

La fatalidad ocurrió sobre las 23.50 horas del 19 de septiembre de 2014. Alba y cuatro amigos se montaron en La Olla tras descalzarse antes. Después bajaron por la plataforma metálica, que “estaba cargada de corriente y no podía evacuarse por la defectuosa instalación de la pica de tierra”. Cuando Alba, que iba la primera, tocó el suelo con un pie, la corriente “pasó de forma inmediata desde la plataforma al suelo de tierra a través de su cuerpo” y provocó su electrocución.

El juez lamenta el "descuido", la "negligencia" y el "exceso de confianza" de los acusados, pero aclara que "ninguno actuó de mala fe"

Más allá del frío relato de hechos probados, el juez también matiza “con rotundidad” que “ninguno de los acusados actuó de mala fe”. “El motivo de la actuación de cada uno fue el descuido, o la negligencia, o el exceso de confianza, o el deseo de no molestar a otras instancias u organismos, y nunca la intención de perjudicar a nadie”, explica el ponente. En todo caso, todos cometieron una imprudencia grave “no por el resultado dañoso (pues también una imprudencia leve puede ocasionar un fallecimiento o unas lesiones), sino por la entidad del deber de cuidado infringido por cada uno en su respectivo campo de actuación”.

En cuanto al defecto o avería que provocó que la plataforma estuviese cargada de electricidad, el juez admite que “no se ha practicado prueba alguna que acredite cuál fue” pero añade que “no es algo que tenga relevancia” porque “toda la imputación se basa en que la defectuosa instalación de la pica de tierra impidió que la electricidad cargada en la plataforma se evacuara a través de esa toma”, con lo que esa carga “permaneció en la plataforma hasta que la menor actuó con su cuerpo como toma de tierra”.

El abogado de Begines recurrirá porque su cliente "es inocente"

Aunque la sentencia está recién dictada, ya hay un investigado que ha anunciado su intención de recurrirla. Se trata de Manuel Begines, que en esta causa ha sido defendido por el abogado José María Jiménez Portero. "La valoro positivamente porque le ha sido impuesta la pena mínima, pero como consideramos que es completamente inocente, vamos a proceder a recurrirla", ha explicado.

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