Un narco ‘ejemplar’ pero sin el tercer grado
Reinserción
La Audiencia Nacional alaba el “excelente comportamiento” como recluso del líder de una banda que operaba desde Marruecos pero cree que se necesita más tiempo para confirmar su "cambio de actitud"
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El líder de una banda de narcotráfico encarcelado en Sevilla está haciendo todo lo posible por conseguir el tercer grado penitenciario, pero su “excelente comportamiento”, atestiguado por las autoridades y por las “28 recompensas” que ha obtenido en prisión por las actividades que realiza allí, no le vale por ahora para alcanzar su objetivo. Así lo ha ratificado la Audiencia Nacional pese a ensalzar su “buena evolución” frente a su pasado como “líder de una organización dedicada a la introducción de droga desde Marruecos” que, como parte de su operativa, incluso alcanzó “acuerdos” con el comandante de un puesto de la Guardia Civil y tres sargentos.
En busca de ese régimen de semilibertad que le permitiría estar fuera de prisión de día y volver sólo para pasar la noche, el narcotraficante no sólo es un ejemplo de conducta como reo. También alega que tiene pareja y una hija, que cuenta con una oferta de trabajo y que no se droga. Sin embargo, nada de eso le sirvió para convencer a la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, que el 25 de mayo de 2022 rechazó la petición de su abogado y lo mantuvo en el segundo grado de tratamiento; ni al magistrado-juez del Juzgado Central de Vigilancia Penitenciaria, que en dos autos dictados el 21 de noviembre y el 19 de diciembre de 2022 desestimó su recurso contra esa decisión.
El último no al reo, que está en el centro penitenciario Sevilla II, se lo ha propinado la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, que en un auto fechado el 16 de febrero explica que hace falta más tiempo para comprobar ese posible “cambio de actitud”. Por eso desestima el recurso de apelación del narcotraficante contra la última resolución del Juzgado Central de Vigilancia, que denegó la progresión del interno al tercer grado basándose en su “reincidencia en la actividad delictiva”, así como en su “larga trayectoria” al margen de la ley, la “cuantía” de su condena y el tiempo que le queda por cumplir, el “escaso efecto intimidativo” de la susodicha pena y su “falta de percepción del daño” que causó al traficar con drogas.
Frente a esas razones, el abogado del reo alegó que su cliente no ha dejado de desempeñar trabajos en el centro penitenciario, que no tiene ninguna sanción ni se ha visto involucrado en altercado alguno, que el delito que cometió “no entraña especial peligrosidad”, que no tiene pendientes otros procedimientos y que cuenta con una oferta laboral.
La Audiencia Nacional reconoce la “buena evolución” del recluso “en el tratamiento penitenciario” después de enumerar sus “circunstancias”. La primera es que está cumpliendo varias condenas por un total de ocho años, cuatro meses y diecisiete días de prisión, por los delitos de tráfico de drogas, blanqueo de capitales y descubrimiento y revelación de secretos. Antes ya había satisfecho otras dos condenas por sendos delitos contra la salud pública. Las distintas fechas de extinción de esas penas son el 2 de febrero de 2019, el 7 de marzo de 2021, el 9 de abril de 2023 y, en total, el 11 de mayo de 2025.
El reo también mantiene una relación con una mujer con la que ha tenido una niña y que “se compromete a proporcionarle acogida” cuando salga de la cárcel. El narco, además, recibe visitas de su pareja, de varias sobrinas y de su madre.
En cuanto a su comportamiento en la cárcel, allí “desarrolla un trabajo remunerado por el que percibe ingresos mensuales” y no consta que consuma sustancias estupefacientes. “Niega tener historial de consumo de sustancias tóxicas y no se aprecian síntomas de consumo activo”, especifica el auto.
Lo mejor que dice la Audiencia del delincuente es que “se muestra cordial y dispuesto a participar y colaborar”. “Tiene un excelente comportamiento”, ensalza el auto después de enumerar que ha logrado “28 recompensas por participación positiva en actividades, espíritu de trabajo y buena conducta”, que ha participado en ocho actividades del área laboral, que se encuentra en el Módulo de Respeto y que ha disfrutado de cinco permisos de salida, “con valoración favorable”.
El reo, además, “reconoce el delito por el que cumple condena”. Eso sí, tiene “tendencia a minimizar su implicación en los hechos” y ha ingresado cuatro veces en prisión, la última de ellas “sólo cinco meses después” de su última puesta en libertad. De hecho, cometió el delito que motivó su última condena “cuando estaba en libertad condicional”.
En conclusión, “aunque los anteriores datos revelan una buena evolución en el tratamiento penitenciario”, razona la Audiencia, “la trayectoria delictiva del interno requiere un mayor tiempo de comprobación sobre el posible cambio en su actitud hacia la comisión de delitos antes de progresarle en el grado de tratamiento penitenciario”, de ahí que el recurso de su letrado vuelva a ser desestimado.
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