Tentativa de homicidio y lesiones

La doble reyerta entre dos clanes en Los Pajaritos y el hospital Virgen del Rocío se resuelve con condenas mínimas

  • La Audiencia de Sevilla impone dos años y medio de cárcel al principal acusado, para quien la Fiscalía pidió en principio catorce por apuñalar a un miembro de la familia rival que debió ser operado cuatro veces

  • La pelea a navajazos comenzó en la avenida de Andalucía y prosiguió en la zona de Urgencias del centro hospitalario, a donde fueron trasladados los dos heridos en esa primera refriega

  • Una reyerta en el Hospital Virgen del Rocío acaba con tres apuñalados

La segunda parte de los hechos ocurrió en el hospital Virgen del Rocío.

La segunda parte de los hechos ocurrió en el hospital Virgen del Rocío. / M.G.

La Audiencia de Sevilla ha resuelto los graves incidentes acaecidos a principios de septiembre de 2018 primero en la avenida de Andalucía y después en el hospital Virgen del Rocío, donde dos clanes se enfrentaron entre sí a navajazos, con penas mínimas que oscilan entre los dos años y medio y el año de cárcel. La sentencia es fruto del acuerdo alcanzado antes del juicio por todas las partes. Antes de esa negociación, la Fiscalía llegó a pedir catorce años de prisión para uno de los acusados porque estuvo a punto de matar a un miembro de la familia rival.

Los hechos, como reconocieron todos los encausados ante el tribunal para así facilitar las condenas finales, ocurrieron "por motivos que se desconocen" el 2 de septiembre de 2018. "Existiendo mala relación entre las familias de los acusados", relata la sentencia, empezó una reyerta en la avenida de Andalucía en Sevilla entre Francisco Javier M.M. y José M.J., que "se acometieron recíprocamente" con navajas e intercambiaron "numerosos golpes". El primero resultó herido en el brazo y el segundo recibió dos puñaladas en el muslo y el tórax.

Ambos tuvieron que ser trasladados "de inmediato" al hospital Virgen del Rocío. El problema es que detrás de ellos también acudieron sus respectivas familias. "Ambos clanes coincidieron en la zona de Urgencias y la disputa continuó" entre "algunos de los allí presentes". En el transcurso de esa segunda pelea, Antonio V.M. asestó un navajazo a Moisés M.S. en el abdomen y "arremetió" con la misma arma contra Juan Antonio A.S., a quien se la clavó en el pecho izquierdo y también el abdomen. Por su parte, Domingo M.J. acuchilló a Luis M. S. en la barriga.

El peor parado fue Moisés, que sufrió una herida incisa de 7 u 8 centímetros en la región abdominal izquierda "que le pudo ocasionar la muerte de no mediar ingreso hospitalario de urgencias". Tras ser intervenido en vasos sanguíneos, estómago y colon, a los pocos días de recibir el alta sufrió una peritonitis y tuvo que ser operado de nuevo, pero no terminaron ahí sus problemas, ya que posteriormente surgió otra complicación "por evisceración del paquete intestinal". Al salírsele las tripas, vulgarmente hablando, pasó por el quirófano por tercera vez... pero tampoco fue la última. Un año después se le practicó otra intervención relacionada con el colon. En total padeció un perjuicio personal básico de 425 días, de los cuales pasó 16 en estado muy grave y 45 en estado grave.

En una sentencia dictada el 13 de julio y facilitada por la oficina de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la Sección Séptima condena a Antonio V.M. a dos años de cárcel por un delito de tentativa de homicidio y seis meses por otro de lesiones con uso de armas. En ambos casos se beneficia de las atenuantes de reparación del daño, dilaciones indebidas y drogadicción. Este investigado es el que se enfrentaba a una petición de catorce años de prisión por parte de la Fiscalía. También deberá pasar doce años sin acercarse o comunicarse con Moisés A.S., a quien deberá indemnizar con 20.000 euros, y siete años respecto a Juan Antonio A.S.

El tribunal también condena a Domingo M.J. a un año de cárcel por un delito de lesiones con uso de armas con las atenuantes de dilaciones indebidas y de reparación del daño. En su caso, la orden de alejamiento es de siete años respecto a Luis M.S., al que tendrá que indemnizar con 3.381,33 euros.

A José M.J. y Francisco Javier M.M. les cae otro año de cárcel. Durante siete años tendrán prohibido acercarse a menos de 300 metros o comunicarse con el otro.

Las indemnizaciones acordadas en la sentencia son sólo una parte de la responsabilidad civil que deben afrontar los acusados, ya que antes del juicio consignaron distintas cantidades. Así, Antonio V.M. pagó a Moisés M.S. 30.000 de los 50.000 euros que le reclamaba (por eso en el fallo constan los 20.000 restantes) y 8.726,15 euros a Juan Antonio A.S. Francisco Javier M.M., por su parte, resarció a José M.J. con 2.437,04 euros y este último indemnizó al primero con 1.299,70 euros. Por último, Domingo M.J. abonó a favor de Luis M.S. 11.000 de los 14.381,33 euros reclamados.

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