El juicio de las facturas falsas de la UGT-A

¿Alertador de corrupción o delincuente?

El ex trabajador de UGT-A Roberto Macías, que fue condenado a un año de prisión por revelación de secretos.

El ex trabajador de UGT-A Roberto Macías, que fue condenado a un año de prisión por revelación de secretos. / josé angel garcía

Toda macrocausa tiene un testigo estrella, un testigo que en muchas ocasiones suele acabar estrellado. En el caso de los ERE fue la ex asesora de Empleo María José Rofa, que acabó investigada en varias piezas, de las que finalmente logró salir airosa; en la investigación de las irregularidades de los cursos de formación fue Teodoro Montes; y en Invercaria el ex trabajador Cristóbal Cantos, quien también tuvo que sentarse en el banquillo como investigado en varias piezas, en las que salió absuelto.

En el caso de las facturas falsas de la UGT-A ese testigo clave es sin duda Roberto Macías, que trabajó como administrativo para el sindicato entre los años 2008 y 2012 en la denominada Central de Compras de la organización, donde se cocinaba el presunto fraude que está siendo enjuiciado actualmente en la Audiencia de Sevilla.

El ex trabajador ha sido noticia desde el primer día del juicio, cuando la defensa del que fuera tesorero de la UGT-A Federico Fresneda solicitó la nulidad de las actuaciones alegando precisamente el caso de este trabajador, que fue condenado a un año de cárcel por un delito de revelación de secretos, por haber sustraído información del sindicato que luego filtró a la prensa.

Roberto Macías ha sido citado a declarar como testigo ante el tribunal el próximo martes, en una sesión que se espera de alta intensidad, puesto que el denunciante tendrá que responder no sólo a las preguntas de las defensas y del sindicato -que está sentado en el banquillo como responsable civil subsidiario del presunto fraude de más de 40 millones-, sino del propio fiscal delegado de Anticorrupción Fernando de Soto, quien ya pidió y logró su condena por el delito de revelación de secretos, asegurando que este ex trabajador "no es un alertador de corrupción" y, por tanto, no podía ampararse en la directiva dictada por la Unión Europea para proteger a los whistleblowers o denunciantes de corrupción.

Se apoderó de 22.500 archivos informáticos

El ex empleado del sindicato fue condenado en mayo de 2020 a dos años de cárcel por el juzgado de lo Penal número 15 de Sevilla, pero la Audiencia de Sevilla decidió en noviembre de 2022 reducir a un año la pena aplicando la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas en el proceso.

La sentencia declaró probado que el 7 de noviembre de 2012, sobre las 17:02 horas, Roberto Macías se apoderó de un total de 22.500 archivos o ficheros informáticos, que fueron extraídos del servidor de datos y copiados a un dispositivo USB, que luego volcó en un disco duro.

Estos archivos, señaló la juez en la sentencia, contenían "información reservada y sensible del referido sindicato", entre las que se encontraban facturas emitidas por diversos proveedores de UGT-A, como las mercantiles Pineda, Asesores de viajes, Lienzo Gráfico, Chavsa, Publicar, Siosa y Viajes Macarena, así como documentación relativa al rápel y el bote, los mecanismos con los que la Fiscalía Anticorrupción considera que se cometió el fraude de las facturas falsas por parte de la antigua cúpula de la UGT-A.

El acusado "se apoderó sin consentimiento alguno de UGT-A y dispuso para fines ajenos al desempeño de sus funciones, suministrándola, al menos parcialmente, a diversos medios de comunicación”.

La defensa del acusado había pedido que se aplicara la directiva europea destinada a proteger a los whistleblowers o alertadores de corrupción, pero la sentencia señalaba que esta directiva “aun no forma parte propiamente de nuestro derecho interno, pues está pendiente de su transposición al derecho nacional" y además la juez considera que la misma "prevé unos concretos canales de denuncia, que pueden ser internos, esto es, dentro de la propia entidad, o externos, ante las autoridades competentes".

Asimismo, la juez añadía que la directiva busca la protección de los denunciantes que realicen revelaciones públicas, pero "exigiendo para ello que la persona haya denunciado primero por canales internos o externos, sin que se hayan tomado medidas apropiadas al respecto".

Por ello, considera que los hechos que se atribuyen a Roberto Macías constituyen un delito de descubrimiento y revelación de secretos. La juez precisaba que el manejo de la información contenida en los archivos o ficheros que se llevó no se realizó como consecuencia de la costumbre que tenía de "llevarse trabajo a casa que hubiera de terminar", pues "en todo caso se produjo con posterioridad a su despido".

Decía la sentencia que el propio acusado reconoció que esas facturas, correos electrónicos y demás documentos a los que había tenido acceso durante su trabajo en la central de compras "eran absolutamente comprometedores para las personas a las que hacían referencia o habían tenido algún tipo de intervención o responsabilidad en las mismas, hasta el punto incluso de derivarles responsabilidad criminal".

Para la magistrada, resultaba además decisivo para apreciar la comisión del delito que el propio acusado admitiera que su intención era "denunciar públicamente" estos delitos, motivo por el que "ofreció dicha información a los medios de comunicación, si bien no a la Policía, Juzgados o Fiscalía, ya que sólo aquellos le merecían confianza, según sus propias palabras y para evitar posibles represalias de la que considera es una organización criminal".

La Fiscalía de Sevilla y la acusación particular que ejerció la UGT-A reclamaron una petición de condena de tres y cuatro años, respectivamente, para Roberto Macías, pero se le aplicó una reducción de la pena por el tiempo que transcurrió hasta que se celebró el juicio.

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