La Junta acepta pagar los honorarios por la defensa de Javier Guerrero y de otros ex altos cargos
El pago de honorarios a los letrados de las macrocausas
El gabinete jurídico de la Administración autonómica pidió autorización para retirar hasta seis recursos después de que el TSJA rechazara uno de ellos, imponiéndole además el pago de 1.000 euros de costas
Los familiares de Javier Guerrero se personan en todas las causas judiciales
Después de varios varapalos judiciales, la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía ha reconocido el derecho del que fuera principal imputado en el caso de los ERE, el ex director de Trabajo Javier Guerrero -que falleció en octubre de 2020-, y de otros ex altos cargos al pago de los honorarios de los abogados y procuradores que los han representado en estos procedimientos. La decisión de la Junta se ha producido a raíz de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) no admitiera el recurso precisamente que había presentando contra otra sentencia que estimó el pago de honorarios de la defensa del también ex director de Trabajo Daniel Alberto Rivera, lo que llevó al propio gabinete jurídico de la Administración andaluza a solicitar la retirada de otros tantos recursos, entre ellos el que se refiere a Javier Guerrero.
El Alto Tribunal andaluz inadmitió el recurso de la Junta "al no apreciar la existencia de interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia" y por ello impuso las costas a la Administración autonómica hasta el "límite prudencial" de 1.000 euros.
Tras este rechazo del recurso de la Junta y ante la previsión de que los otros recursos corrieran la misma suerte, los letrados del gabinete solicitaron autorización para desistirse de hasta seis recursos presentados contra sentencias en otros procedimientos. Así, el gabinete jurídico señalaba que en los demás recursos de casación se había seguido una "similar línea argumental" a la expuesta en el recurso que fue inadmitido, y ante la "posible imposición de costas procesales a la Junta de Andalucía con cada subsiguiente inadmisión" es por lo que solicitaba la autorización para desistirse de estos recursos de casación autonómicos y también de los recursos ante el Tribunal Supremo que se habían preparado de manera simultánea a los formulados ante el TSJA.
El gabinete jurídico citaba expresamente la absolución por parte del Tribunal Supremo de Daniel Alberto Rivera y de una ex secretaria general técnica -sentencia 464/2023, de 14 de junio-, "lo que determina, de forma sobrevenida, toda posible ausencia de efectos prácticos de los recursos de casación contencioso-administrativos, tanto el autonómico como el estatal, para este caso concreto".
En el caso de Javier Guerrero, la viuda y la hija del ex director de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Javier Guerrero se han personado en todas las causas judiciales que tenía pendientes cuando falleció, con la finalidad de contar con una resolución final de estos procedimientos. Javier Guerrero falleció el 11 de octubre de 2020 y lo hizo sin haber hecho testamento. Por este motivo, la viuda y la hija ya aceptaron la herencia "a beneficio de inventario", lo que implica que se responderá de las deudas exclusivamente con los bienes y derechos del inventario de la herencia y la responsabilidad de los herederos no se extiende más allá, quedando a salvo el patrimonio de éstos.
Los herederos de Guerrero recurrieron la decisión de la Administración de rechazar el abono de los honorarios de su defensa y la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJA dictó una sentencia el 26 de abril de 2022, en la que estimó el recurso de los familiares del fallecido, reconociendo el "derecho al abono del importe de los gastos ocasionados en concepto de honorarios" de abogado y procurador, al amparo de lo previsto en el artículo 93.2 del Reglamento de Organización y Funciones del Gabinete Jurídico de Letrados de la Junta de Andalucía, con sujeción a los límites fijados por los colegios profesionales. Esta sentencia fue recurrida por la Junta, que ahora se ha desistido del mismo.
Este artículo señala expresamente que en los casos en los que, resultando procedente la defensa de las autoridades y personal de la Administración de la Junta de Andalucía por los Letrados y Letradas del Gabinete Jurídico, "pudiera existir incompatibilidad material por la posición procesal que la Comunidad Autónoma haya de mantener en el mismo o en otros procedimientos, la Consejería competente, previo informe del Gabinete Jurídico, podrá contratar los servicios de profesionales que se encarguen de la defensa de aquel personal". Y no hay que olvidar que en estos procedimientos la Junta ha ejercido la acusación particular.
El abogado Rafael Ramírez-García del Junco, que defendió al ex alto cargo y ahora representa a sus familiares, ha mostrado su satisfacción por la decisión de la Junta de reconocer los honorarios de esta defensa, si bien ha criticado el "uso indiscriminado por parte de la Administración autonómica de los recursos de casación con la única finalidad de dilatar los procedimientos y ahora ya ni se los admiten". El letrado ha añadido que, en cualquier caso, los honorarios admitidos son de una "cuantía mínima" porque en muchos casos sólo ha podido personarse como representante legal del ex director de trabajo tras su fallecimiento, lo que suponía la inmediata extinción de la responsabilidad penal.
La consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, Rocío Blanco, dictó el pasado 4 de agosto una orden en la que autoriza al gabinete jurídico de la Junta para desistir de esos seis recursos de casación contra las sentencias dictadas en sendos procedimientos en los que se reconoció el derecho al abono de los honorarios por representación y defensa de abogado y procurador en piezas derivadas del caso de los ERE y también en la causa en la que se investigaron los "contratos fantasmas" con la consultora Umax.
En la orden, a la que ha tenido acceso este periódico, se recoge que estos procedimientos fueron iniciados por recursos contencioso-administrativos de los demandantes, "todos ellos ex altos cargos de la Consejería de Empleo, en reclamación del reconocimiento del derecho al abono de honorarios pro representación y defensa de abogado y procurados en procedimientos de tipo judicial vinculados con el caso de los ERE de Andalucía, con la sola salvedad del procedimiento en relación con el llamado caso Umax".
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