delito de lesiones

Absueltos tres hombres que se enfrentaban a 12 años de cárcel por una violenta pelea en una discoteca de Sevilla

Desalojo de una discoteca, en una imagen de archivo.

Desalojo de una discoteca, en una imagen de archivo. / emergencias sevilla

La Audiencia de Sevilla ha absuelto a tres hombres -dos hermanos y su cuñado- que se enfrentaban a una petición de 12 años de cárcel por un delito de lesiones, en relación con la violenta pelea que se produjo en agosto de 2018 en una discoteca y que se saldó con una persona gravemente herida, que perdió la visión en un ojo tras recibir varios puñetazos e impactos de vasos y botellas de cristal. La Fiscalía había pedido para los tres acusados una condena de 11 años de cárcel y el pago de una indemnización de 85.000 euros a la víctima, mientras que la acusación elevaba la petición de condena a los 12 años y reclamaba una compensación de más de 87.000 euros.

La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla, a la que ha tenido acceso este periódico, concluye que "no existe prueba de cargo suficiente para condenar a ninguno de los tres acusados", todo ello después de que ni la propia víctima ni los principales testigos de la acusación pudieran acreditar que los tres acusados fueron los responsables de las lesiones de la víctima.

El abogado Rafael Ramírez-García del Junco, que ha representado a dos de los tres acusados, ha mostrado su satisfacción por la absolución. "Lamentamos que esta persona haya perdido el ojo y no se haya podido sentar en el banquillo al verdadero autor del hecho", ha afirmado el letrado, que ha añadido que existe "tanta sobrecarga de trabajo en las salas de la Audiencia debido a las macrocausas que tres personas han sufrido la pena de banquillo de nada más y nada menos de 12 años de cárcel y más de 87 mil euros durante más de cinco años".

La sentencia recoge como hechos probados que en la madrugada del 5 de agosto de 2018 se produjo una fuerte discusión en una discoteca del polígono industrial de la carretera Amarilla en la que participó también "un grupo de mujeres" y en el curso de la cual un hombre recibió "varios puñetazos e impactos de vasos y/o botellas de cristal, uno de los cuales que le habría sido arrojado de forma directa le alcanzó en la cara y en el ojo izquierdo", lo que le provocó la pérdida de la visión en dicho ojo.

Dice el tribunal que "sin negar la posibilidad de que los acusados hubieran intervenido en las peleas registradas en la discoteca la noche de los hechos, las pruebas practicadas en el acto del juicio oral carecen de entidad acreditativa suficiente para llevar al convencimiento y poder afirmar, con seguridad de acierto, que ocurrieron en la forma que describe el relato de los escritos de calificación de las acusaciones, por lo que procede un fallo absolutorio". 

La Fiscalía sostenía en su escrito de acusación que en la discoteca se produjo una "violenta disputa entre dos grupos de mujeres", momento en que intervino un hombre para mediar y fue cuando sufrió la agresión con "puñetazos y patadas" y el lanzamiento de botellas o vasos "con gran brutalidad, hasta que finalmente cesó la agresión gracias a la intervención de algunas chicas y del personal de seguridad de la discoteca".

La víctima declaró en el juicio que no puede identificar "a nadie" como causante de la agresión y que fue su ex pareja, con la que ahora no tiene ninguna relación, quien supuestamente sí podría reconocerlos. Sin embargo, la que fuera novia del agredido declaró que presenció la pelea pero indicó que no conocía a los que causaron las lesiones, que fue una amiga la que le refirió "lo apodos", e insistió en que "no sabe quién le pegó", puesto que salió fuera del local al empezar el barullo.

De la misma forma, los tres acusados negaron que participaran en la pelea, al tiempo que manifestaron que no vieron a nadie herido. 

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