Sentencias

Condenado un padre a cuatro años de prisión por abusar de su hija de diez años

  • La Audiencia le absuelve de un segundo delito por falta de pruebas

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha condenado a cuatro años de cárcel a un padre acusado de abusar sexualmente de su hija, de sólo diez años, pero lo ha absuelto de un segundo delito similar cuando la menor tenía seis o siete años por falta de pruebas.

La sentencia de la Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla, a la que ha tenido acceso este periódico, impone además al acusado la prohibición de aproximarse a la niña a menos de 300 metros durante cinco años, así como la medida de libertad vigilada durante 6 años años, así como la privación de la patria potestad durante cuatro años y que indemnice con 1.000 euros a la menor por los daños morales.

La sentencia declara probado que el acusado, F. J. B. A., sobre las tres de la madrugada del 23 de abril de 2.016, le realizó tocamientos a su hija, de diez años, cuando ambos estaban sentados en el sofá de su domicilio, en la barriada de Juan XXIII de Sevilla. 

El tribunal ha valorado el relato que hizo la menor "de forma totalmente espontánea, sincera y creíble", de la conversación que mantuvo con su progenitor y los términos en que se desarrolló, y que para los magistrados viene a reiterar lo que desde siempre ha venido afirmando la niña respecto a que su padre le hizo objeto de tocamientos en sus genitales.

"Esta Sala no ha vislumbrado motivo alguno que permita sospechar que la menor haya actuado con fin espurio o resentimiento, o haya sido influenciada en su testimonio por terceras personas, por lo que aparte de no haber prueba alguna de que se haya creado, por intereses de enemistad, rencor o animadversión por parte de otras personas con influencia" sobre la menor, "un sentimiento de aversión de la misma hacia el acusado que haya podido determinar que la víctima haga falazmente tan graves acusaciones, es que la propia perjudicada a preguntas directa de este tribunal, manifestó que no tenía enemistad, animadversión ni resentimiento hacia su padre, que no tenia ningún problema con él, que le gustaba quedarse a dormir con su padre, que quería quedarse a dormir con él", asevera el fallo.

El testimonio persistente, válido y creíble de la menor

La sentencia insiste en que la víctima ha contado en varias ocasiones la "misma versión de los hechos llevados a cabo por su padre" y su declaración ha sido "clara, firme, coherente y persistente", al tiempo que viene avalada por un informe pericial que "especifica que existen elementos suficientes para valorar sus testimonio como válido y que cumple criterios suficientes para catalogarlo como probablemente creíble".

"Esta Sala considera que las declaraciones de la perjudicada, por su consistencia, coherencia y verosimilitud nos lleva a la conclusión y convicción de que contamos con pruebas de cargo de signo incriminatorio suficientes y bastantes para fundamentar un pronunciamiento de culpabilidad del acusado, cuyo derecho subjetivo a la presunción de inocencia, ex articulo 24 de la Constitución, ha sido desvirtuado por pruebas de cargo que demuestran sin atisbo de duda la comisión de los hechos que hemos declarado probados.

La Fiscalía había pedido una condena de diez años de cárcel para el acusado, al que atribuía dos delitos de abusos sexuales, pero sobre este segundo delito, que habría tenido lugar cuando la niña tenía seis o siete años, hay un "absoluto vacío probatorio, ya que en lo referente a dicho episodio la supuesta víctima se limitó a indicar en el juicio que no recordaba bien lo que pasó cuando ella tenía 5 o 6 años, que después le había dicho su madre que ella estaba en el colegio y empezó a levantarse la falda, que la profesora le dijo que no se la levantara y que ella le respondió que su padre le levantaba la falda, que de esto no se acuerda de nada, que era lo que le había dicho su madre, que no se acuerda porque era tan chica que no tenía memoria de eso", recoge el fallo.

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