Sentencia

Estafaron a personas modestas con préstamos para coches

  • Las víctimas se quedaron sin dinero, sin coche y tuvieron que devolver el préstamo

  • Una de las afectadas llegó a pagar las multas e impuestos del coche que nunca tuvo

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

El juicio tuvo lugar en la Audiencia de Sevilla

La Audiencia de Sevilla ha condenado a dos hombres a un año y 9 meses de cárcel por estafar a siete personas que atravesaban por problemas económicos: les convencieron de pedir un préstamo para comprar un coche que luego revenderían, pero la realidad es que  nunca recibieron el dinero ni el coche y, además, se vieron  obligadas a pagar las cuotas a la entidad financiera.

La sentencia de la Sección Primera, a la que tuvo acceso este periódico, explica que los afectados eran personas que necesitaban dinero en efectivo pero que no reunían las condiciones que exigían los bancos.

Los condenados son Francisco I.M. y Antonio M.L., este último comercial de un concesionario de vehículos en Valencina de la Concepción, que ofrecieron a los afectados la posibilidad de suscribir un contrato de financiación que, en vez de ser un préstamo personal, sería para la adquisición de un vehículo dado que los intereses para estos casos son más reducidos.

Las víctimas revendieron luego el vehículo a Francisco, quien a su vez lo transmitió a terceras empresas. 

Personas en necesidad “excepcional” vieron “una solución a sus problemas económicos”

Los acusados, según la sentencia, realizaron “maniobras engañosas suficientes, revestidos de una apariencia de credibilidad”, causando a los que recurrieron a ellos el “doble perjuicio de no solo no minorar sus problemas económicos, al no recibir el dinero prometido, sino incrementar los mismos al quedar obligados a satisfacer las cuotas del préstamo”.

“Debemos de insistir -dicen los jueces- en la apariencia de viabilidad de las propuestas de financiación que les permitía obtener liquidez, y ello aunque pudieran derivarse de las mismas un coste soportado más gravoso, pues junto a los costes financieros, también asociados a un préstamo personal pero que no les concedían, asumían las comisiones de los acusados y la inevitable depreciación que implica la posterior venta de los vehículos una vez matriculados y por tanto como no nuevos”.

A pesar de ello, los estafados accedieron a firmar el contrato “en una situación excepcional, después de haber sido rechazadas sus solicitudes por las entidades de crédito”, de lo que se valieron los acusados al ofrecerles “una solución a sus problemas económicos”. En total fueron diez los denunciantes pero la sentencia no considera probados tres de los casos.

Una de las víctimas, de nombre Laura, contactó en junio de 2013 a través de la página web de Mil Anuncios con Francisco I.M., que le ofreció obtener 10.000 euros a devolver en siete años. La mujer no recibió el dinero ni el coche, pero desde entonces ha tenido que devolver  la totalidad del préstamo y además hacer frente a 511 euros de multas del coche y 62 de  impuestos.

Otra víctima llamada María Reyes compró un coche por  9.836 euros aunque el total de lo adeudado eran  13.823 euros. Simulando su firma, los dos acusados  suscribieron entre ellos un contrato de compraventa que permitió a Francisco I.M. venderlo a su vez por 4.500 euros. La mujer ha estado pagando las cuotas sin haber recibido el vehículo ni cantidad alguna de dinero, recoge el fallo.

Félix José contactó también con los acusados ante las dificultades que tenía para que los bancos le prestara  dinero. Los documentos que firmó para comprar un vehículo fijaban un precio de 9.836 euros, si bien con los gastos e intereses el importe total adeudado ascendía a 13.823 euros. El afectado ha pagado el importe total del préstamo y Francisco solo le ha devuelto 400 euros, según la sentencia.

Junto a la pena de cárcel, Francisco y Antonio son condenados cada uno a una multa de 1.620 euros por un delito continuado de estafa en concurso con un delito de falsedad. Su colaboradora Lorena S.R. es condenada a seis meses de prisión por estafa y otros seis por falsedad. A los tres les aplican la atenuante de dilaciones indebidas y en el caso de Lorena la sentencia rechaza la atenuante de drogadicción por no considerarla probada.

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