Tribuna

Pablo Antonio Fernández Sánchez

Catedrático de Derecho Internacional Público y Relaciones Internacionales de la Universidad de Sevilla

¿Genocidio en Gaza? Sudáfrica cree que sí

El país africano ha puesto, con su demanda ante la Corte Internacional de Justicia, nombre a los actos que se desarrollan en la Franja y obligado a los Estados a pronunciarse

Protesta propalestina ante la Corte Internacional de Justicia, en La Haya.

Protesta propalestina ante la Corte Internacional de Justicia, en La Haya. / Imane Rachidi (Efe)

EL jueves 11 y el viernes 12 de enero de 2024 se han celebrado en La Haya, ante la Corte Internacional de Justicia (CIJ), las audiencias públicas para escuchar los argumentos de la demanda de Sudáfrica contra Israel por violación de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio (Convención sobre Genocidio), de 1948, de la que tanto Sudáfrica como Israel forman parte.

La base de la demanda es la consideración por parte de Sudáfrica de que Israel está cometiendo actos con la intención de destruir, total o parcialmente, una comunidad nacional, étnica, racial o grupo religioso. Tal como se recoge de forma expresa en la demanda, "Sudáfrica considera que la conducta de Israel (a través de sus órganos estatales, agentes estatales y otras personas y entidades que actúan siguiendo sus instrucciones o bajo su dirección, control o influencia) en relación con los palestinos en Gaza viola sus obligaciones en virtud de la Convención sobre Genocidio".

Fue el 29 de diciembre de 2023 cuando Sudáfrica presentó la demanda y el día 2 de enero cuando Israel, contrariamente a su política de no responder a las demandas ante la CIJ, compareció ante la misma, para rechazar las acusaciones sudafricanas.

Debo clarificar que no se trata de la Corte Penal Internacional (CPI), también radicada en La Haya, en cuyo Estatuto igualmente se contempla el crimen de genocidio. Se trata de la CIJ, que sólo enjuicia a Estados y no a personas. De hecho, Sudáfrica y otros Estados han presentado también una solicitud para que el Fiscal de la CPI investigue "vigorosamente" los crímenes cometidos, incluyendo el de genocidio.

Por tanto, en este caso del que me ocupo, de la CIJ, no es una acusación contra Netanyahu o contra responsables políticos o militares que hayan llevado a cabo las acciones que Sudáfrica considera genocidio. Esas acusaciones, no me cabe la menor duda, ya vendrán, bien en el marco de la CPI, bien en el de los tribunales internos de Israel, bien en el marco de la jurisdicción universal, en la que cualquier Estado tendría competencias (algunos, limitadas), para el enjuiciamiento penal individual por crímenes de genocidio, crímenes de lesa humanidad o crímenes de guerra.

Será muy difícil que Sudáfrica pueda probar la intencionalidad de Israel y la conexión de esa intencionalidad con los actos perpetrados en Gaza. Sin embargo, el elemento positivo es que Sudáfrica ha puesto nombre a los actos que se desarrollan, ha obligado a los Estados a pronunciarse o, al menos, a significarse (España ha decidido no apoyar a Sudáfrica, al igual que toda la UE, con algunas excepciones que se muestran muy críticas como Bélgica o Irlanda).

Será muy difícil que Sudáfrica pueda probar la intencionalidad de Israel

También se han pronunciado multitud de organizaciones, bien intergubernamentales, bien no gubernamentales, así como ciudadanos de todo el mundo, significativamente más de 600 ciudadanos israelíes incluyendo responsables de partidos políticos, que han comunicado a la CIJ que Israel toma "medidas sistemáticas para aniquilar a la población de Gaza, matarla de hambre, abusar de ella y para desplazarlos" (The New Arab, 10 de enero 2024).

En estas primeras audiencias, la CIJ ha conocido los argumentos de las partes y de todos aquellos que tienen locus standi para comparecer, bien como representantes de Estados Partes, bien como amicus curiae. Una vez que ya han terminado las audiencias públicas previas, la CIJ deberá decidir si establece las medidas provisionales solicitadas por Sudáfrica "para proteger los derechos invocados de una pérdida inminente e irreparable". Las medidas provisionales que podrá adoptar la Corte en las próximas semanas tendrán que ver con la suspensión de las hostilidades, por el riesgo de los perjuicios inminentes e irreparables y por la urgencia.

Sería interesante preguntarse por qué da un paso que podría enturbiar sus propias relaciones

Debemos tener claro que en el conflicto israelo-palestino se están produciendo violaciones graves del Derecho Internacional, particularmente Derecho Internacional Humanitario y Derechos Humanos, que, en su día, tendrán sus consecuencias penales, como he dicho. Ahora tan solo se trata de una demanda contra Israel por otro Estado Parte en la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, Sudáfrica, lo que no es poco.

Sudáfrica le atribuye a Israel no sólo el crimen de genocidio sino un dolus specialis en su comisión. Como parte en la Convención sobre Genocidio, Sudáfrica se atribuye una obligación de prevenir dicho crimen. Para el inicio del procedimiento, Sudáfrica invoca el artículo IX de la Convención contra el Genocidio que permite el sometimiento de las partes a la CIJ cuando se produzca una controversia en cuanto a la interpretación, aplicación o cumplimiento de la citada convención.

Ni Sudáfrica ni Israel han realizado reservas respecto a este artículo IX.

Sería interesante preguntarse por qué Sudáfrica da un paso tan llamativo que podría enturbiar sus propias relaciones internacionales No hay que olvidar que ha sido un tradicional aliado de Estados Unidos y que forma parte de la Commonwealth que preside el rey Carlos III del Reino Unido.

Sin embargo, no hay que olvidar tampoco que Sudáfrica sufrió un larguísimo periodo de apartheid, reconoció el Estado Palestino en 1995, forma parte del grupo de los BRICS (formado por países emergentes como Brasil, Rusia, la India, China y Sudáfrica, y también se acaban de incorporar Egipto, Irán, Emiratos Árabes Unidos, Arabia Saudita y Etiopía), que quieren liderar algunos aspectos de las relaciones internacionales, desbancando el poder omnímodo de Estados Unidos, y por formar parte de África (quizás el Estado más influyente de ese continente) y de los Estados nacidos de la descolonización. Quizás, por todo ello, se ha sentido obligado a liderar procesos jurídico-políticos como el que nos ha ocupado.

Habrá que estar pendiente de las consecuencias que produzcan esta nueva situación y las respuestas de Estados Unidos, la UE y otros actores muy potentes en Oriente Próximo.

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