dos hermanas

Condenan a un parque de bolas por la caída de un niño de 4 años

  • El menor se precipitó de una altura de unos dos metros cuando subía unas escaleras y se fracturó el húmero

Un parque de ocio infantil de Dos Hermanas ha sido condenado por la vía civil y de forma solidaria con una aseguradora a pagar 6.259,93 euros de indemnización, más costas e intereses, a una familia cuyo hijo sufrió un accidente, en junio de 2015, y se rompió el húmero. Tras la caída en el parque de bolas, el niño, que tenía 4 años, tuvo que ser operado dos veces y pasó por una rehabilitación.

En la sentencia emitida el 5 de junio por el juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Dos Hermanas, y que es firme, se considera probado que la zona de la que se cayó el niño era "conflictiva". Según un peritaje que encargaron los padres -a los que no se dejaba acceder a la zona de juego, que no era visible desde fuera- el menor cayó de una altura de unos dos metros cuando subía por una escalera, primero sobre una plataforma, pero no se frenó y volvió a caer a un nivel inferior. Según el fallo era una zona "conflictiva" porque la primera plataforma no tenía la amplitud suficiente y en la "de segundo nivel" el niño se dio un "golpe en la arista de un escalón" que, al parecer, no estaba lo suficientemente acolchado. Así, le da la razón a los padres en la reclamación de cantidad presentada.

Es uno de los primeros accidentes de este tipo que llegan al juzgado, dado el vacío legal

En el momento del accidente sólo había dos monitoras, aunque los padres aseguran que había varias decenas de niños en la instalación, que participaban en varios cumpleaños, si bien la juez cree que no se puede valorar si su actuación fue suficiente o no para "evitar posibles sucesos dañosos". La familia dice que la aseguradora ya ha consignado en el juzgado la parte que debe abonar, 4.700 euros, pero aún no lo ha hecho el empresario. A estas cantidades hay que sumar los intereses.

No es una cantidad elevada, pero la sentencia es relevante dado el vacío legal sobre este tipo de establecimientos. En la actualidad, se les aplica una normativa europea sobre el tipo de materiales -que no sean tóxicos, que no tengan aristas, etc.- y la de la Junta que afecta a parques al aire libre, pero no hay nada legislado sobre el diseño y el montaje de estas estructuras, que ni siquiera deben ser visadas. Queda a criterio del empresario. Tampoco está regulado el número de monitores en función de los niños, entre otras cosas.

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