Real Betis | Antiviolencia

El Betis no acata el cierre parcial del Benito Villamarín

Béticos , sevillistas y De Burgos Bengoetxea, después de que se detuviera el pasado derbi del día 15.

Béticos , sevillistas y De Burgos Bengoetxea, después de que se detuviera el pasado derbi del día 15. / Antonio Pizarro

Dos nuevos capítulos vivió ayer la serie sobre la sanción al Real Betis Balompié por el lanzamiento desde la grada del Benito Villamarín, por parte de un aficionado identificado, del palo de PVC que impactó en la cabeza del sevillista Joan Jordán en el derbi del pasado sábado 15 de enero. En el primero de los capítulos, el Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol rebajó la sanción al club, dejándola en el cierre parcial, en dos partidos, de la Grada Baja de Gol Sur, la conocida como grada de animación del recinto heliopolitano.

Apelación emitió su resolución ya bien entrada la mañana y el segundo capítulo de la jornada saltó tras la hora del almuerzo con la reacción oficial del Betis a la resolución federativa: el club sigue viendo “desproporcionada” la sanción pese a su rebaja y anuncia que recurrirá en segunda instancia al Tribunal Administrativo del Deporte, organismo externo a la RFEF y dependiente del Consejo Superior de Deportes. Tiene quince días para presentar su escrito.

Asimismo, el Betis comunicó que va a solicitar la suspensión cautelar de la resolución, mientras el caso sigue su tortuoso curso, para así poder recibir en el Villamarín al Villarreal el próximo domingo, en partido de Liga, con el 75% de su aforo disponible, incluida esa grada de animación de Gol Sur.

El Betis expuso su legítimo derecho en una breve nota de apenas dos párrafos. “El Real Betis Balompié recurrirá ante el TAD la resolución del Comité de Apelación notificada en el día de hoy al estimar que incluso el cierre parcial de la grada de Gol Sur es desproporcionado en comparación con los casos precedentes. Asimismo, solicitará también al TAD la suspensión cautelar de esta sanción”, reza el primero.Esa Grada Baja de Gol Sur, la franja justo tras la portería, tiene un aforo de 4.000 espectadores, que son los que se verían afectados si finalmente el cierre parcial se lleva a efecto.

“El Real Betis Balompié quiere condenar una vez más la violencia en el ámbito del deporte. El Club reitera que ha colaborado desde el primer momento con la Policía Nacional en la identificación del autor de los hechos y que cumplió con las normas de seguridad requeridas para este tipo de eventos. Por lo tanto, el Real Betis estima que la sanción es desproporcionada y seguirá defendiendo sus intereses y los de sus aficionados en las instancias posteriores”, continúa el breve comunicado de la entidad.

Precisamente la colaboración del Betis con las autoridades gubernativas y los estamentos federativos desde el suceso fue valorada por el Comité de Apelación en la rebaja de la sanción: “También ha de examinarse cómo se ha reaccionado frente a los hechos acontecidos con posterioridad a la agresión al jugador del equipo rival. En este punto debemos tener en cuenta las conductas coetáneas y posteriores, de tal manera que la sanción nunca puede ser la misma si se colabora en un grado adecuado, o cuando dicha colaboración no existe. Pues bien, la valoración de dicho proceder del recurrente permite a este Comité considerar más adecuada y proporcionada la sanción de clausura parcial del Estadio”, expresa Apelación.

No obstante, el comunicado también deja claro que “las medidas adoptadas no resultaron adecuadas para evitar los hechos enjuiciados (la agresión a Joan Jordán), por cuanto a la vista de las especiales circunstancias concurrentes un refuerzo mayor de las medidas ordinarias podría haber evitado los hechos acontecidos”.

La resolución del Comité de Apelación no atiende las pruebas videográficas, con informes periciales añadidos, que ha aportado el Betis y se ciñe a los hechos que considera probados: “En el acta arbitral constan acreditados los hechos calificados como infracción y en consecuencia sancionados (la agresión que sufrió uno de los jugadores intervinientes en el encuentro), y es este hecho el elemento central del expediente”.

Al hilo de esto, concluye Apelación que “en el seno del objeto específico del expediente, en el que no se enjuician los comportamientos específicos e individuales de integrantes del Sevilla FC SAD durante los hechos, debemos concluir que no existe prueba nueva alguna aportada que con carácter indubitado haya quebrado la valoración de los hechos realizada en la instancia, esto es, que existió el lanzamiento, el impacto y que, como acertadamente señala el juez disciplinario de Competición, el jugador agredido debió ser atendido, debido al impacto que recibió, necesitando asistencia médica en el terreno de juego”.

El organismo también carga contra la entidad bética: “No merece mucho desarrollo la desafortunada afirmación, a juicio de este Comité, de la predisposición del juez disciplinario, desde el inicio, a juzgar los incidentes como graves. En este sentido, conviene no desconocer que el juez disciplinario realiza un análisis de los hechos acontecidos con plena imparcialidad”.

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