Sevilla

La Fiscalía del Supremo corrige a la de Sevilla y pide condenar a Óscar Riquelme

  • Detecta hasta "cinco errores" del TSJA al absolver al acusado y defiende que la valoración que realizó el jurado no era "irracional, ilógica o arbitraria" Reclama la condena de doce años y medio

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha corregido el criterio de la Fiscalía de Sevilla y ha solicitado que se revoque la absolución de Óscar Riquelme, el joven que fue hallado culpable por un jurado popular del homicidio de Francisco José Guerrero Vargas pero que fue exculpado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA).

Una vez que el Alto Tribunal decidió en octubre pasado absolver al acusado, la Fiscalía de Sevilla decidió no recurrir la sentencia, algo que sí hizo la madre de la víctima, Milagros Vargas, que presentó un recurso de casación en el que defendía la valoración de las pruebas realizadas por el jurado popular que enjuicio el caso. Los ciudadanos que formaban parte del jurado dieron más credibilidad al testimonio prestado por la testigo protegido del caso, que identificó en la fase de instrucción a Óscar Riquelme como autor de la puñaladas, más allá de su declaración en el juicio, donde le exculpó al situarle en una posición distinta e incompatible con el crimen.

El fiscal del Supremo ha corregido ahora el criterio del departamento que dirige la fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, y ha presentado un recurso en el que detecta hasta "cinco errores" de los magistrados del TSJA, a los que reprocha haber sustituido los hechos probados por el jurado por los suyos propios y negar "indebidamente" la incorporación de la declaración en fase de instrucción de la testigo protegido.

El fiscal considera que los hechos probados "no podían ser alterados por el tribunal de apelación, sin perjuicio de su facultad de entender que no resultaban probados por prueba legítima y bastante". Es decir, el fiscal del Supremo entiende que si los miembros del jurado estimaron probado que Óscar Riquelme fue quien asestó la puñalada que acabó con la vida de Francisco José Guerrero en la madrugada del 25 de marzo de 2011 durante una botellona en la Isla de la Cartuja, el tribunal no podía modificar esta decisión y formular "su propios hechos probados en los que excluía de aquéllos" la autoría del acusado.

El recurso explica que, cuando se trata de sentencias dictadas del jurado, no puede exigirse a los ciudadanos "el mismo grado de razonamiento intelectual y técnico que debe exigirse al juez profesional", pero aún así avala que la motivación del veredicto fue "bastante" y la "inferencia de culpabilidad no fue arbitraria e irracional, sino razonable, habiendo llegado el tribunal de apelación a sustituirla, si se quiere, por otra razonable, pero sin que eso pueda hacerlo el órgano colegiado que revisa la aplicación del derecho".

El fiscal señala que las pruebas que valoró el jurado fueron igualmente consideradas por el magistrado ponente como suficientes para enervar el principio de presunción de inocencia y, entre ellas, cita que 12 personas vieron a Óscar Riquelme en el lugar donde se produjo el crimen a la hora de su comisión; otras dos le vieron portando la navaja unos minutos antes del apuñalamiento y situando al acusado junto a la víctima apenas a un metro. Uno de estos testigos, señala el recurso, declaró que el acusado "le quitó la navaja y estaba loco perdido queriendo matar a alguien", que "se fue en busca del grupo" y que "al primero que pillara lo mataba" y también dijo que vio al acusado, "al que denomina como el gordo, coger la navaja" que llevaba el menor.

La Fiscalía afirma que el TSJA se equivocó al rechazar la valoración del jurado sobre la testigo protegida, porque la misma cumplía los requisitos formales y el jurado "podía valorar" el testimonio prestado en la fase de instrucción, donde dijo que vio cómo el arma salía de la derecha del acusado y cómo llamaba a la persona que empuñaba el arma con el nombre de Óscar.

La Fiscalía concluye que la inferencia realizada por el jurado, "que presenció directamente la prueba, oyó las explicaciones del acusado, las manifestaciones de los testigos y los informes de los peritos, no se ve desvirtuada por la existencia de otros datos objetivos, y en tanto que se ajusta a las reglas de la lógica y no es arbitraria, no puede ser sustituida por otra inferencia, aun cuando pudiera considerarse también razonable".

El fiscal pide que se anule la sentencia del TSJA y vuelva a darse validez a la de la Audiencia, condenando a Riquelme a doce años y medio de prisión por homicidio.

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