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El fiscal pide que se ratifique la inhabilitación del juez Serrano

  • Solicita que se desestimen todos los recursos del juez de Familia contra su condena por cambiar el régimen de visitas de un niño para que fuera a una procesión.

La Fiscalía ha pedido al Tribunal Supremo (TS) que confirme la condena de dos años de inhabilitación al juez de Familia de Sevilla, Francisco Serrano, al considerar que actuó de manera "imprudente, negligente y precipitada" al cambiar el régimen de visitas de un niño para que pudiera ir a una procesión. En la vista celebrada este miércoles en la sala de lo penal del TS para deliberar sobre los recursos interpuestos contra la sentencia que condenó a Serrano, el fiscal Luis Navajas ha solicitado al alto tribunal que desestime todos los motivos defendidos por los recurrentes y confirme la resolución dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en 2011.

El juez Serrano acordó el 30 de marzo de 2010 cambiar el régimen de visitas del niño de 12 años, con lo que -según el TSJA- actuó de forma imprudente y con "un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real dimensión del conflicto" que existía entre los padres divorciados del menor, lo que determinó la "vulneración" de las normas "esenciales" del procedimiento. Coincidiendo con estos argumentos, el fiscal ha alegado que "el juez Serrano omitió trámites procesales y testimonios, prejuzgó a personas sin escucharlas y formuló una conclusión negativa", aunque ha admitido que "se debe descartar la versión dolosa del delito ya que no hubo intención ni burla". Asimismo, Navajas ha rechazado los argumentos de la acusación particular, ejercida por la madre del menor, entendiendo que son "puramente retóricos", y también ha negado los extremos de la defensa del juez por entender que la conclusión a la que llegaba el TSJA estaba "perfectamente" ajustada a Derecho. Además, ha confesado su "sorpresa" al comprobar como una decisión "tan trivial", que tenía que haber sido solucionada en el ámbito familiar, "se ha salido de madre" y ha llegado hasta el Supremo causando una dilapidación de medios jurídicos.

La sentencia recurrida también señaló que Serrano contribuyó a "dimensionar mediáticamente" el hecho, incluso antes del día en que se iba a producir la salida procesional del menor, que tuvo lugar en la Madrugá de 2010, "con el consiguiente daño y exposición pública" del niño y la madre. Por su parte, la acusación particular ha criticado que hasta en cinco ocasiones la madre pidiera declarar negando el juez su petición. Para el abogado de la madre, los efectos de la decisión de Serrano son claros: "un niño llorando, una abuela consternada", una madre que ha visto cuestionada su religiosidad y un "letrado insultado". Sin embargo, la defensa del juez Serrano -que ha asistido a la vista oral- ha pedido que se rechacen todos los motivos de la madre, quien durante el juicio solicitó para el magistrado 20 años de inhabilitación, el pago de una multa de 14.400 euros y una indemnización de 60.000 euros para ella misma por los daños morales y físicos sufridos, 100.000 euros para su hijo y 12.000 para otro hijo menor.

Según el abogado de Serrano, que ha pedido su absolución, la madre actuó de manera "querulante" y "obsesiva" al llegar a pedir una orden de alejamiento contra el padre del menor, que ya estaba suficientemente estigmatizado por la prensa. La vista se ha desarrollado con continúas referencias religiosas por parte del abogado de la acusación particular, que, en un momento en el que defendía las creencias religiosas de la madre, ha llegado a afirmar que "cuando uno se desvincula de Pedro está fuera de juego".

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