El mayor de edad implicado en el asesinato de Jesús en Palomares seguirá en la cárcel

La juez de Coria prorroga dos años prorroga dos años más la prisión provisional del sospechoso del crimen de la noche de Halloween

Un menor de edad ya fue condenado a nueve años de internamiento por su participación en el asesinato

Manifestación en la puerta de los juzgados de menores, antes del juicio al menor implicado en el crimen.
Manifestación en la puerta de los juzgados de menores, antes del juicio al menor implicado en el crimen. / María José López / EP

El presunto coautor del asesinato de Jesús Rosado Jiménez, la noche de Halloween de 2022 en Palomares del Río, permanecerá en prisión preventiva al menos otros dos años. Será el segundo de los juicios de este caso, por el que ya fue condenado a nueve años de internamiento un menor de edad implicado en el crimen. El segundo implicado es Antonio Manuel S. V., apodado el Kirro, que tenía 18 años en el momento en que ocurrieron los hechos. Es la misma edad que tenía Jesús, que fue abordado por un grupo de al menos cinco personas en la puerta de su casa.

Allí, según las acusaciones, dos de ellas le apuñalaron y le golpearon hasta la muerte. La familia de la víctima sostiene que los otros tres jóvenes que estaban allí (todos ellos menores) participaron también en el crimen, al cortarle la huida e intimidar a Jesús. A pesar de la gravedad de los hechos, ninguno de estos tres menores ha sido enjuiciado y ni siquiera investigado.

El menor fue detenido al día siguiente del crimen, pero el Kirro no ingresó en prisión de forma provisional hasta unos meses después, en marzo de 2023. Justo cuando están a punto de cumplirse los dos años de su encarcelamiento, la juez titular del juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Coria del Río ha emitido un auto en el que prorroga por dos años más la prisión provisional del sospechoso. Al Kirro se le imputan hasta tres delitos: asesinato con las agravantes de alevosía y para facilitar la comisión de otro delito; robo con violencia con uso de armas, en grado de tentativa; y alzamiento de bienes.

En dicho auto, al que ha tenido acceso este periódico, la juez fundamenta la prórroga de la privación de libertad del sospechoso en la gravedad de los hechos, así como en la existencia de riesgo de fuga y de destrucción de pruebas. Para argumentar la gravedad de lo ocurrido, apunta las numerosas lesiones que presentaba el cadáver de Jesús y que fueron puestas de manifiesto en el informe de la autopsia.

"Por las lesiones, se mantiene la hipótesis de que, respecto a las de arma blanca, el agresor estuviera delante de la víctima. Respecto a las provocadas por una defensa de tipo extensible, la hipótesis más probable es que el agresor se encontrara detrás de la víctima. Recibió puñetazos y golpes, teniendo Jesús hematomas en la cara y erosiones (...), habiéndose defendido", relata la juez en el auto.

La instructora del caso considera que "no se puede considerar que el tiempo transcurrido desde la producción del hecho exceda del transcurso normal de una investigación de esta entidad". Añade que la fase de instrucción y las medidas cautelares como la prisión provisional requieren una serie de indicios de criminalidad, que la juez aprecia en hechos como que el Kirro buscara en internet información relacionada con las cárceles andaluzas y las posibles penas por un asesinato como el de Palomares, "donde puede ser interviniente". Además, recuerda que el menor condenado por el crimen declaró que "existía un acuerdo de atracar a la gente" y que fue el mayor de edad quien pidió las armas a otro de los miembros de la pandilla y quien apuñaló a Jesús.

Dicho acuerdo previo entre el grupo respondía precisamente a que, dos días antes, le habían sustraído al Kirro su teléfono móvil y quería robar uno, algo que el propio acusado admitió en una declaración, así como que portaba la barra extensible. También reconoció que había agredido inicialmente a Jesús a puñetazos. Las versiones de los testigos sitúan al menor condenado y al Kirro junto a la víctima en el momento de la agresión, y en concreto como la persona que lo apuñala por la espalda.

Por ello, "no sólo se mantienen las circunstancias que sostuvieron la adopción de la prisión provisional sin fianza, sino que, tras dos años de instrucción, y en aras de concluirla, aún no se ha podido encontrar el arma blanca con la que se apuñaló a la víctima". Precisamente, recuerda la juez, el artículo 503 de la ley de enjuiciamiento criminal "ha sido incluido por el legislador para supuestos como el que nos atañe".

El auto indica que este procedimiento "requiere una instrucción de tal entidad, por la gravedad de los hechos con resultado de muerte, que implica no sólo los tres años de prisión que exige la ley de enjuiciamiento criminal para la prórroga, sino que, sin adelantar las peticiones de penas de las acusaciones, conforme a sus calificaciones, podría decirle que podrían ser más de 20 años de prisión".

La instructora apunta que existe "riesgo real" de reiteración delictiva, así como de fuga, y considera que la petición de libertad formulada por la defensa del acusado "muestra un desprecio por los bienes jurídicos primarios de cualquier ciudadano de forma indiscriminada".

"El hecho de no haber encontrado aún la navaja mencionada en todas las declaraciones puede suponer que el investigado sepa dónde se encuentra, así como que trate de influir en las declaraciones testificales de aquellos que lo acompañaban", añade la resolución, que indica que el acusado permanecerá en prisión "para evitar la sustracción de la justicia".

stats