Francisco Correal
De Sevilla a Dublín con viaje de vuelta
Las nuevas normas municipales de tráfico siguen sin contemplar una regulación adecuada de la carga y descarga. Si antes existía un vacío legal que dejaba al libre albedrío de los policías locales las sanciones a los vehículos que estacionaran en las zonas reservadas para la carga y descarga de mercancías, ahora se han publicado cinco normas demasiado imprecisas que no han servido para cubrir ese vacío. Así, Sevilla continúa siendo la única de las grandes ciudades que no cuentan con una ordenanza específica para esta materia, algo sorprendente si se tiene en cuenta que en la provincia hay municipios más pequeños que sí las tienen, como es el caso de Olivares, cuya población no llega a los 10.000 habitantes.
El gobierno municipal de Alfredo Sánchez Monteseirín elaboró unas normas de tráfico válidas para el casco urbano, que se publicaron en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) el 30 de abril, menos de un mes antes de las elecciones. Esas normas, aparte de una revisión de las sanciones, recogen en su artículo 6 unas directrices sobre la carga y descarga que básicamente dejan a criterio del policía local que interviene cómo tiene que actuar en todo momento.
El primer punto indica que los vehículos que pueden aparcar en las zonas reservadas sólo pueden ser los "comerciales dedicados al transporte de mercancías". Este apartado ya genera polémica, puesto que en teoría sólo podrían ser las furgonetas y camiones los que aparcaran en zonas delimitadas, cuando en la práctica hay muchos comerciantes que utilizan sus coches particulares, turismos, para esta actividad.
El segundo punto deja a criterio de la "autoridad municipal" la limitación del horario de circulación de los vehículos de transporte de mercancías y las calles que estén dentro de esa limitación. El tercer apartado es una continuación del segundo, puesto que afirma que la autoridad determinará los espacios, horarios y días de la semana reservados para estas tareas. Ambos puntos no aportan nada nuevo a lo que ya se venía haciendo en la práctica, ya que es el Ayuntamiento quién establece los horarios y las zonas reservadas para la carga y descarga. Sin embargo, sigue sin marcar un protocolo para que los policías locales velen porque esas directrices sean respetadas.
La cuarta norma es todavía más indefinida. Dice que el estacionamiento de vehículos autorizados en las zonas reservadas para carga y descarga durará el "tiempo prudencial que corresponda a los trabajos a realizar" -sin fijar ningún límite- y prohíbe el "estacionamiento inactivo", es decir, que una furgoneta permanezca aparcada toda la mañana en un lugar marcado con una placa.
Finalmente, la norma quinta explica que la autoridad municipal podrá limitar el tiempo máximo de estacionamiento dentro del horario autorizado, que "se indicará en la señal correspondiente". De nuevo se deja a criterio de la Policía Local el tiempo que puede permanecer un vehículo aparcado en una zona de carga y descarga, cuando en el punto anterior sólo se hablaba del "tiempo prudencial" empleado para realizar estas tareas.
En el apartado de las sanciones, el Ayuntamiento castiga con 100 euros de multa el ejercicio de "operaciones de carga y descarga en la vía cuando puede hacerse fuera de la misma", mientras que con 70 euros se penaliza a los conductores que "no respeten las condiciones que regulan la carga y descarga en la vía". Todas estas multas cuentan con un 50% de descuento si se paga en los días posteriores a la recepción de la notificación.
Hasta la publicación de estas nuevas normas de circulación, existían unas directrices no escritas que servían como improvisado protocolo de actuación para los agentes municipales. Esas instrucciones consistían en multar de manera indiscriminada a todos aquellos vehículos que no fueran furgonetas y que estuvieran estacionados en las zonas de carga y descarga. Esto suponía que la Policía multaba a todos los turismos aparcados aunque su conductor estuviera descargando mercancías. En cambio, a una furgoneta sí se le permitía estacionar en estas zonas aunque su propietario o conductor no estuviera cargando ni descargando nada. Tampoco había ninguna directriz sobre el tiempo que puede permanecer un vehículo ocupando una zona reservada.
Con las nuevas normas se seguirían denunciando a todos los turismos que aparquen en los lugares marcados con una placa, mientras que tampoco hay un tiempo definido y queda a criterio del policía actuante cuál debe ser el plazo "prudencial" para llevar a cabo una operación de carga y descarga.
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