"El sistema judicial español ha vuelto a matar a Laura de nuevo"
La madre de la profesora norteamericana que fue asesinada, descuartizada y arrojada al río critica la sentencia del TSJA que no ha elevado la condena a Antonio Gordillo
Sandra Cerna, la madre de Laura Cerna Baird, lamentó ayer desde Florida (EEUU) la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que ha confirmado íntegramente la condena de 19 años impuesta a Antonio Gordillo, el asesino de su hija. Tras leer el correo electrónico que contenía la sentencia del Alto Tribunal, la madre de la víctima mostró su indignación por este nuevo fallo que, según explicó a este periódico Sandra Cerna, ha "destrozado" a su familia. "El sistema judicial español ha vuelto a matarme a la hija de nuevo", lamentó Sandra Cerna, que criticó con vehemencia que el TSJA "ni siquiera ha elevado la condena el año que le regaló el juez al asesino" por colaborar supuestamente con la Policía y decir qué había hecho con el cuerpo de su hija.
"Todos sabemos que ese regalo fue un mensaje por lo que pasó con Marta del Castillo -cuyo cuerpo sigue sin aparecer-, pero Antonio Gordillo confesó no porque quería colaborar, sino porque estaba acorralado".
A juicio de Sandra Cerna, que fue abogada penalista en Nueva York durante su etapa profesional, el asesino de su hija debía haber sido condenado a una pena mayor por haber ocultado el cuerpo de su hija Laura. "Algo tiene que cambiar en el sistema judicial español, yo soy abogado y entiendo el error que hay en sus leyes", sentenció.
La familia de Laura Cerna había solicitado al TSJA que elevara la condena de Antonio Gordillo hasta los 25 años de prisión, al entender que en la muerte de la profesora, que tuvo lugar en la madrugada del 30 de agosto de 2010, concurrió la circunstancia agravante de ensañamiento, por cuanto consideran que su hija pudo estar consciente mientras era apuñalada y agredida por Antonio Gordillo. Por su parte, la Fiscalía pidió que se elevara la condena a 20 años, pero el TSJA ha mantenido finalmente el criterio que adoptó el magistrado de la Audiencia de Sevilla Juan Antonio Calle, que presidió el jurado popular que enjuició este caso.
La sentencia del Alto Tribunal andaluz recuerda que el jurado no apreció la concurrencia del ensañamiento por el solo hecho de que estando Laura caída en el suelo, "el acusado, armado con un cuchillo de cocina, le propinó cuatro puñaladas dirigidas a la zona del corazón" y es por este motivo por el que, argumenta el tribunal, el jurado no dio por probado el ensañamiento, porque los médicos-forenses que declararon en el juicio "afirmaron que las puñaladas se dirigieron directamente al corazón, con intención de causar la muerte y no con la de aumentar innecesariamente el sufrimiento de la víctima", elemento que sí caracterizaría esa circunstancia agravante.
Para los magistrados del TSJA, el razonamiento del jurado es "absolutamente lógico, sin que pueda quedar desvirtuado por las meras apreciaciones subjetivas que se vierten por los apelantes", porque la descripción que realiza el acusado en sus declaraciones y que se corrobora por el informe forense concluye, según el fallo, que "el acusado pretendía única y exclusivamente matar a la víctima, y que no optó por una modalidad de agresión especialmente cruenta y dolorosa".
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