Sociedad

Termina la prórroga para renovar el carnet de conducir, desde el viernes te pueden caer 200 euros de multa

A partir de este viernes, conducir con el permiso de conducir caducado puede costar 200 euros de multa.

A partir de este viernes, conducir con el permiso de conducir caducado puede costar 200 euros de multa.

Fue a finales del mes de marzo cuando la Dirección General de Tráfico (DGT), para tranquilidad y respiro de muchos, permitió una prórroga de 60 días a los conductores con el permiso de conducir a punto de caducar durante el estado de alarma por la crisis sanitaria del Covid-19.

Durante el periodo de confinamiento la mayoría de los trámites administrativos se paralizaron, incluidas las Jefaturas Provinciales de Tráfico, repercutiendo comprensiblemente en todo el sector.

Atendiendo a la situación tan extraordinaria -mientras durara el estado de alarma y hasta que fuera suspendido-, no habría posibilidad de multa para aquellos que condujeran con la ITV o el permiso caducados. Eso sí, únicamente para los vencimientos datados en estado de alarma, nunca los anteriores. Si bien es cierto que para la ITV se abrieron nuevos plazos, con respecto al permiso de conducir la caducidad se fijó en dos meses desde que concluyera la etapa de excepcionalidad.

Termina la prórroga

¿Qué dice el Boletín Oficial del Estado (BOE)? "Los permisos y licencias de conducción, así como otras autorizaciones administrativas para conducir, cuyo periodo de vigencia venza durante el estado de alarma, quedarán automáticamente prorrogados mientras dure el mismo y hasta sesenta días naturales después de su finalización”.

Así pues, en base a la orden, la prórroga para los permisos de conducir que hubieran estado caducados mientras estuvimos confinados va a finalizar el 21 de agosto. Y, lo que es peor, conducir con el carnet caducado supone una multa de 200 euros sin pérdida de puntos.

¿Cómo podemos renovar?

Por tanto, si todavía no se ha renovado el carné, hay que tener en cuenta que no es necesario acudir a la Jefatura Provincial de Tráfico para este trámite. La renovación de los permisos de conducir en nuestro país únicamente se pueden tramitar en los centros médicos territoriales, mediante cita previa y, según marca la normativa, cumpliendo las medidas de prevención e higiénicas consabidas (mascarillas, distancia interpersonal, gel hidroalcohólico...) para evitar contagios por coronavirus.

Una vez cumplido este trámite, el propio centro sanitario nos dará un documento provisional. El oficial lo recibiremos en nuestro domicilio transcurridos 15 días. Durante esa quincena, no obstante, no se podrá conducir fuera de nuestro país debido a que el carné provisional carece de validez fuera de España.

La DGT aclara, además, que el plazo contará a partir de la fecha que se renueve ahora y no desde la anterior, ya que en ese momento no fue posible proceder a la actualización del documento.

A tener en cuenta

El carné de conducir de clase B (el que tiene todo el mundo) cuenta con un período de vigencia de 10 años hasta que el conductor cumple 65. A partir de ese momento se deberá renovar el permiso cada cinco años, aunque se le aplicarán algunas excepciones:

  • Pérdida del permiso de conducir por retirada de puntos. En este supuesto, se tendrá que asistir a un curso de recuperación de esos puntos perdidos.
  • Enfermedad o deficiencia que no impide conducir pero es susceptible de agravarse. En esta situación deberá ser el médico o profesional sanitario quien establezca los plazos de vigencia del permiso.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios