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Andalucía

El BOJA publica la ayuda para los autónomos de Andalucía

El BOJA publica la ayuda para los autónomos de Andalucía

El BOJA publica la ayuda para los autónomos de Andalucía / Archivo

El Boletín Oficial de la Junta de Andalucía ha publicado la convocatoria de subvenciones para los autónomos en Andalucía que aprobó el último Consejo de Gobierno ante las dificultades de un sector que está pasando los peores momentos desde que comenzara la pandemia allá por el mes de marzo.

Con la publicación en BOJA se inicia al día siguiente (20 de noviembre) el plazo de 10 días para que estas nuevas ayudas, por un valor total de 80 millones de euros, se soliciten para apoyar al desarrollo económico de un tejido empresarial fundamental para la comunidad autónoma.

Esta nueva publicación aborda todas las especificaciones de las ayudas. Además, se recoge que, en función de los expedientes, habrá autónomos que pueda acogerse a más de una ayuda de las ya establecidas.

Sobre estas ayudas, la consejera de Empleo de la Junta de Andalucía, Rocío Blanco, dijo que servirán para "apoyar a los autónomos en su actividad para paliar, en parte, el impacto económico negativo que la crisis del coronavirus les está produciendo".

Beneficiarios de las nuevas ayudas

La Junta de Andalucía ha publicado estas nuevas ayudas en el Boletín Oficial de Andalucía para paliar el desgaste económico de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas afectadas por el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19. Los gobernantes andaluces saben que los autónomos son una parte imprescindible del tejido empresarial de la comunidad y buscan ayudar a sostener la continuidad de su empresa o negocio, evitando el cese definitivo del mismo, y por tanto, la destrucción de empleo.

Las personas que pueden optar a este tipo de subvenciones son aquellos trabajadores por cuenta propia o autónomas, con domicilio fiscal en Andalucía, que estuvieran dadas de alta en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos, en la fecha de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma. En este sentido, se dan cabida diversos sectores: hostelería, pequeño comercio, servicios de peluquería de señora y caballero, transporte por taxi y feriantes.

La subvención consiste en una cuantía, a tanto alzado, de 1.000 euros. Además, estas subvenciones son compatibles con otras ya instauradas para la misma finalidad procedentes de diferentes Administraciones, entes públicos o privados, nacionales o internacionales, siempre que el importe de las mismas no supere al de la subvención propuesta.

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