La Junta cambia la ley para que el monte sea un motor de la economía rural

El Consejo de Gobierno modifica la normativa vigente desde 1992 e incluye un catálogo forestal público

Recoge ayudas para la conservación de los montes privados y considera la repoblación, restauración y selvicultura activa como proyectos de absorción de emisiones

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Los consejeros Catalina García, Carolina España y Jorge Paradela, este miércoles en la rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno.
Los consejeros Catalina García, Carolina España y Jorge Paradela, este miércoles en la rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno. / S.B.

El Consejo de Gobierno ha aprobado este miércoles el Proyecto de Ley de Montes que pretende modernizar la gestión forestal y convertirla en un motor de la bioeconomía rural de manera que este suelo sirva también para fijar población al territorio y se pueda convertir en un modo de vida. Según ha explicado la consejera de Sostenibilidad y Medio Ambiente, Catalina García, el texto actualiza la normativa de 1992 e incorpora medidas de bioeconomía, digitalización y simplificación administrativa e incluye varias novedades relevantes.

La principal es que los productos forestales con valor de mercado puedan utilizarse para reducir el gasto público en la conservación de los montes, ya que entiende que el aprovechamiento económico de las zonas forestales, públicas o privadas, son la garantía para su sostenimiento y conservación. Eso se traduce en que muchos procedimientos de autorización se sustituyan por declaraciones responsables, con lo que pretenden agilizar las operaciones forestales y facilitar la gestión de los propietarios. El texto refuerza además el apoyo a la ganadería extensiva, reconociendo su importancia en la conservación de los ecosistemas forestales y en la prevención de incendios. Este enfoque integral contribuye al equilibrio entre aprovechamiento económico, protección ambiental y fijación de población en el medio rural.

La gestión forestal sostenible se contempla también como una herramienta esencial en la lucha contra el cambio climático. La ley considera las actuaciones de repoblación, restauración y selvicultura activa como proyectos de absorción de emisiones, en línea con la normativa climática andaluza y estatal. Junto a ello, se regula por primera vez el concepto de servicios ambientales, estableciendo las bases para un sistema justo de compensación a los titulares de terrenos forestales por los beneficios que sus montes aportan a la sociedad, como la captura de carbono, la protección del suelo o la regulación hídrica.

Los incendios forestales

El texto dedica especial atención a la prevención y restauración frente a los incendios forestales, reforzando el marco normativo que ya establece la Ley 5/1999, de Prevención y Lucha contra los Incendios Forestales. En el ámbito del fomento forestal, se incentiva la actividad de empresas, industrias y cooperativas que cuenten con personal cualificado y se crea el Registro Andaluz de Empresas, Industrias y Cooperativas Forestales.

Además, la norma promueve ayudas específicas para la renovación del parque de maquinaria forestal, el desarrollo de la innovación y la digitalización, y la mejora de la competitividad de las industrias andaluzas vinculadas a la madera, el corcho y otros productos forestales. También impulsa la colaboración público-privada mediante la creación de entidades selvícolas de colaboración. El texto establece un régimen de responsabilidades orientado a prevenir, minimizar o restaurar los daños que puedan producirse, reforzando la defensa de la integridad de los montes andaluces.

La Ley de Montes, que ahora pasará al Parlamento para su debate y aprobación, se estructura en siete títulos, con un total de 144 artículos, además de disposiciones adicionales, transitorias, derogatoria y finales. Su organización responde a un esquema claro que aborda las disposiciones generales, la clasificación y régimen jurídico de los montes, la información y estadística forestal, la gestión forestal sostenible, la conservación y protección, el fomento forestal y el régimen de responsabilidad. Asimismo, recoge toda la normativa estatal y europea, con la que había discrepancias.

Montes públicos y privados

El texto corrige además la peculiaridad introducida en 1992 con la creación del Catálogo de Montes de Andalucía, que ahora pasa a denominarse Registro de Montes Públicos de Andalucía. La nueva denominación evita confusiones y establece una distinción clara entre los montes de carácter demanial y los patrimoniales, cada uno con su régimen jurídico propio. También se unifica el sistema de usos y aprovechamientos, así como las normas de deslinde y recuperación posesoria, y se determina que todos los montes de titularidad autonómica se incluyan en el Catálogo de Montes de Utilidad Pública, reforzando así su protección y garantizando su preservación como patrimonio forestal de todos los andaluces.

Asimismo, introduce la figura del monte protector para los terrenos privados, en consonancia con la legislación básica estatal. Este reconocimiento permite incentivar la conservación de estos espacios mediante ayudas específicas y beneficios para sus titulares, fomentando una gestión más sostenible. En materia de información forestal, la norma incorpora por primera vez un título completo dedicado a la recopilación de datos, estadística y extensión forestal, consciente de que la planificación moderna requiere disponer de información actualizada y precisa.

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