El 82% de los municipios aún no han adaptado a la ley su plan urbanístico

Sólo una de cada cuatro localidades tiene PGOU, un tercio no los han adaptado a la ley y un 9% están sin planeamiento

Antonio Fuentes / Sevilla

22 de marzo 2009 - 05:04

La Ley de Ordenación Urbanística (LOUA) nació en 2002 con el loable objetivo de poner coto a los desmanes urbanísticos cometidos durante décadas y fijó un periodo de cuatro años para que todos los municipios tuvieran aprobado un plan general de ordenación urbana (PGOU) adaptado a la normativa. Rebasado ese plazo, los municipios no podrían aprobar modificaciones en su suelo para urbanizar. Ni una sola casa más sin control. La LOUA perseguía a su vez otro objetivo: la promoción de la vivienda protegida al obligar a los ayuntamientos en sus nuevos planes a reservar el 30% de los suelos para VPO.

El estrecho margen de maniobra que la ley dejó a los consistorios desembocó en una inaplicación de la LOUA por parte de los entes locales y el fracaso del objetivo de reservar suelo para VPO. Finalizó el plazo y todavía a finales de 2007, sólo un 7% de los municipios andaluces había adaptado sus planes. El porcentaje se quedó congelado hasta que en febrero de 2008, antes de las elecciones, la Junta dio un giro de tuerca a la normativa que le permitiese afrontar sus promesas en materia de vivienda. Aprobó un decreto y enmendó el controvertido Plan de Ordenación Urbanística de Andalucía (POTA) por el que se habían establecido límites al crecimiento de los municipios, tanto de población (30%) como de construcción (40%).

La fórmula, con ayudas económicas para agilizar los trámites, permite adaptaciones parciales de los suelos destinados a VPO sin necesidad de reformar los planes generales.

Gracias a esta flexibilidad, en estos 15 meses, 84 municipios más han adaptado su planeamiento urbanístico; en total, el 18% de los municipios cumplen con la ley. La medida "ha ido calando", resalta un portavoz de la Consejería de Vivienda y Ordenación del Territorio, que asegura que, cada mes, entre 10 y 20 planes municipales pasan a estudio en las comisiones provinciales de urbanismo de la Junta.

¿Este ritmo derivará en que en un futuro todas las localidades andaluzas tengan un PGOU?

Así lo dicta la ley, independientemente de que las necesidades sean mayores en las grandes ciudades que en los pueblos, ya que necesitan hacer constantes actualizaciones de sus planes. Por ejemplo, Sevilla capital cuenta con un PGOU reciente en el que proyecta un Equipo Quirúrgico con un número máximo de plantas. El proyecto tiene más altura, así que tendrá que modificar el PGOU; de haber carecido de él, no podría hacerlo.

En la actualidad, sólo el 23,5% de los municipios, 181, tienen PGOU, de los que están adaptados a la LOUA un total de 139.

Si no se tiene PGOU, existen otras dos figuras de planeamiento urbanístico, las normas subsidiarias (NNSS) y la delimitación de suelo urbano (DSU). En total, el 91,1%, tienen algún tipo de plan, con los que se da cobertura al 99,28% de la población de la comunidad. El progreso es evidente: en 1981, un año antes de iniciarse el Gobierno autonómico, sólo un 44% de los municipios andaluces disponía de planeamiento urbanístico, porcentaje que ya en 1991 se había elevado a un 66% y en 2001 a un 88%, según el inventario vigente en Andalucía.

Con estos datos, sólo quedan fuera un 9% de los municipios, 68 localidades que representan a un 0,72% de los habitantes andaluces y que se concentran en su mayoría en la sierra de Málaga y en Granada, de escasa densidad demográfica.

Sin embargo, las NNSS y las DSU son insuficientes y están destinadas a desaparecer, ya que la obligatoriedad es contar con un PGOU. De hecho, las DSU legalmente ni siquiera se consideran un planeamiento y, a efectos prácticos, es como si no tuvieran nada.

Las normas subsidiarias es la figura mayoritaria en el mapa urbanístico andaluz, herramienta de la que todavía dispone el 52,86% de los ayuntamientos andaluces. ¿En qué difieren de los PGOU? A grandes rasgos, delimitan los núcleos urbanos, dan las normas urbanísticas mínimas y las previsiones mínimas para edificios y servicios públicos y para fines de interés general o comunitario. Pero si estos consistorios pretenden hacer un cambio en su desarrollo, están bloqueados.

Algunos de los municipios implicados en casos de corrupción urbanística en los últimos años tienen esta figura, caso de Alcaucín o Alhaurín de la Torre

¿Existe alguna correlación por carecer de un PGOU que le diera un mayor control al urbanismo? La Consejería de Vivienda lo descarta. Asegura que las competencias autonómicas se limitan a aprobar si un suelo es residencial o no, dan las licencias si se adaptan a la ley urbanística, e insisten en que los tratos que puedan tener después los ayuntamientos y sus alcaldes con los promotores escapan de su control.

En el caso de Alcaucín, Vivienda anota que se aprobaron diversos cambios de usos en el municipio, "pero todos fueron anteriores a que se terminara el plazo de adaptación a la LOUA". Ahora, estos 407 municipios con normas subsidiarias tienen bloqueado su crecimiento.

¿Puede obligar la Junta a los ayuntamientos a que se adapten a la ley? No tiene potestad. La ley establece que el tipo de planeamiento que tenga, sea cual fuere, tiene vigencia indefinida, hasta que el municipio, en su autonomía, decida cambiarlo. La LOUA se lee entonces como una "obligación indirecta", entienden las mismas fuentes de Vivienda: si no hay adaptación, el crecimiento está bloqueado. Eso en la teoría, porque desde el decreto de 2008 estos municipios pueden hacer uso de las adaptaciones parciales a la espera de que tengan en vigor el laborioso PGOU.

stats