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¿Hasta qué hora se puede pedir comida a domicilio en Andalucía?

Un restaurante prepara pedidos de comida a domicilio en plena crisis sanitaria.

Un restaurante prepara pedidos de comida a domicilio en plena crisis sanitaria. / Nacho Gallego / Efe

La Junta de Andalucía optó el viernes por volver a limitar los horarios de la hostelería y la restauración como medio de controlar la situación sanitaria provocada por el coronavirus en la comunidad.

El Ejecutivo andaluz justificó esta medida, que ha decepcionado profundamente a todo el sector, en que los establecimientos de  restauración  y  hostelería  están  catalogados  como  los de  mayor riesgo de  transmisión  del  virus a  tenor  que  en  ellos  se  acumulan  situaciones  de tiempo prolongado de contacto, contactos de diferentes núcleos de convivientes, además de  ser  lugares  donde  la  actividad  de  consumición  imposibilita  el  uso  de  mascarilla, sin  perjuicio  de  que  se  realizan  en  muchos  casos  en  espacios  cerrados  y  conllevan  el consumo  de  bebidas  alcohólicas  que  pueden  provocar  además  un  relajamiento  en  las medidas preventivas durante el tiempo que se está produciendo el contacto.

Según lo dispuesto en el BOJA publicado de madrugada, estos establecimientos volverán a limitar su actividad hasta las 18:00 horas salvo  las  cafeterías,  chocolaterías  y  heladerías, así como establecimientos similares en cines y teatros, que podrán  permanecer  abiertos  hasta  las  20:00  horas. No  obstante,  en  dichos  establecimientos  queda  terminantemente  prohibido  el  consumo y  expedición  de  cualquier  tipo  de  bebidas  alcohólicas  o  espirituosas  durante  la  franja horaria comprendida entre las 18:00 horas y las 20:00 horas.

La única actividad que sí podría superar ese límite horario sería el de la entrega a domicilio. Para este menester, los establecimientos dispondrán hasta las 23:30 horas como hora límite, pudiéndose realizar pedidos como máximo hasta las 22:30. Igualmente, podrán  suministrar  servicio  de  recogida  de  comida  para  llevar hasta las 21:30 horas.

Para la recogida de comida en el propio establecimiento, el cliente deberá realizar el pedido de forma on line o por teléfono, siendo el local el que deba indicar la hora para la recogida de la comida con el fin de evitar aglomeraciones. Además deberán disponer de un espacio habilitado y señalizado donde se realizara la entrega y el pago y que debe garantizar en todo momento la seguridad interpersonal. Si esto no es posible, se deberán instalar mostradores o mamparas.

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