Coronavirus Andalucía: así quedan las normas para la práctica de deporte
La Junta de Andalucía propone desde este viernes unas normas básicas de actuación para aquellas personas que acudan a centros deportivos
Sevilla/Andalucía ha disminuido el número de contagios por Covid-19 y gracias a ello se han flexibilizado considerablemente las normas para la práctica del deporte en el periodo que tendrá vigencia desde hoy viernes hasta el 19 de marzo. La Junta de Andalucía ha hecho pública al respecto una infografía con la información para toda la población sobre la actividad deportiva en las instalaciones convencionales y no convencionales, gimnasios incluidos.
Lo primero que se resalta es el uso obligatorio de mascarillas para todo el deporte no federado siempre que no se pueda asegurar una distancia entre los implicados con un mínimo de un metro y medio.
Protocolos a seguir para la práctica deportiva
La Junta de Andalucía ha dividido las diferentes normas en tres apartados, según tenga cada población los niveles de alerta 2, 3 y 4:
Nivel 4
Grado 1
- Los gimnasios podrán abrir hasta las 18:00.
- Los eventos deportivos, entrenamientos y competiciones deberán realizarse sin público
- La participación máxima de deportistas, tanto al aire libre como en centros cubiertos, será del 40%
- Las piscinas de uso colectivo no deberán sobrepasar el 40% de su capacidad
- Clases deportivas de ocio; separación de tres metros entre participantes y no más de 4 personas
- Deporte federado en instalaciones cubiertas y al aire libre; podrán entrenar y desarrollar actividades y competiciones deportivas menores de 16 años hasta las 18:00 y desde los 16 años hasta la categoría absoluta antes de las 22:00.
- Deporte federado y no federado al aire libre y sin contacto; podrá realizar sus prácticas deportivas sin límite de edad y hasta las 22:00.
- Deporte no federado en instalaciones cubiertas y al aire libre con contacto; podrá realizar actividades deportivas en cualquier instalación sin límite de edad y hasta las 18:00.
Nivel 3
Grado 1
- Los gimnasios podrán abrir hasta las 18:00.
- Los eventos deportivos, entrenamientos y competiciones podrán albergar público siempre con un aforo máximo de espectadores. El público deberá estar sentado con localidades preasignadas. Al aire libre y en instalaciones descubiertas podrá asistir un máximo de 400 personas siempre que no se supere el 50 por ciento de la capacidad de la instalación.
- En caso de superación de aforos se realizará una evaluación de riesgo específica antes de 10 días.
- La participación máxima de deportistas en instalaciones deportivas al aire libre y cubiertas no sobrepasará el 50 por ciento.
- Deportes de contacto no federados en grupos estables fuera de la competición; deberá existir una distancia mínima de 3 metros, en los deportes de equipo podrá haber un máximo de 20 integrantes y en el resto de los deportes un máximo de 6.
- En las piscinas de uso colectivo habrá un máximo del 50 por ciento de su capacidad.
- La clases dirigidas a deportes de ocio tendrán un máximo de 4 personas con una distancia de seguridad de 2 metros entre ellas. La distancia entre grupos deberá ser de 3 metros como mínimo.
- Deporte federado en instalaciones cubiertas y al aire libre; podrán entrenar y desarrollar actividades y competiciones deportivas menores de 16 años hasta las 18:00 y desde los 16 años hasta la categoría absoluta antes de las 22:00.
- Deporte federado y no federado al aire libre y sin contacto; podrá realizar sus prácticas deportivas sin límite de edad y hasta las 22:00.
- Deporte no federado en instalaciones cubiertas y al aire libre con contacto; podrá realizar actividades deportivas en cualquier instalación sin límite de edad y hasta las 18:00.
Nivel 2
Grado 1
- Los gimnasios podrán abrir hasta las 21:30.
- Los eventos deportivos, entrenamientos y competiciones podrán albergar público siempre con un aforo máximo de espectadores. El público deberá estar sentado con localidades preasignadas. Al aire libre y en instalaciones descubiertas podrá asistir un máximo de 800 personas siempre que no se supere el 65 por ciento de la capacidad de la instalación.
- En las instalaciones cubiertas podrá asistir un máximo de 400 personas siempre que no se supere el 65 por ciento de la capacidad de la instalación
- En caso de superación de aforos se realizará una evaluación de riesgo específica antes de 10 días.
- La participación máxima de deportistas en instalaciones deportivas al aire libre y cubiertas no sobrepasará el 65 por ciento.
- Deportes de contacto no federados en grupos estables fuera de la competición; podrá haber un máximo de 25 integrantes y en el resto de los deportes un máximo de 10.
- En las piscinas de uso colectivo habrá un máximo del 65 por ciento de su capacidad.
- En las actividades aeróbicas y grupos de baile habrá un máximo de 15 personas con una distancia entre ellas de 3 metros.
Se insiste en que los deportistas deben recordar que el uso de la mascarilla es obligatorio en deportes no federados. Además, están autorizados los desplazamientos para actividades deportivas federadas y competiciones oficiales a deportistas federados de alto nivel y alto rendimiento, entrenadores, jueces o árbitros federados para las actividades deportivas autorizadas por las autoridades sanitarias, que se acreditarán mediante licencia deportiva o certificado federativo, siempre que no procedan de municipios con cierre perimetral. Queda expresamente prohibido el acompañamiento de familiares, amigos y otros acompañantes.
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