La indemnización por despido tributa a partir de 2.000 euros por año trabajado
El cambio afectará a los finiquitos firmados a partir del pasado viernes El Gobierno suprime la deducción por alquiler de vivienda habitual para los nuevos contratos
La reforma fiscal supondrá tributar por las indemnizaciones por despido, elevará el mínimo personal del contribuyente exento de impuestos a 5.550 euros anuales (frente a los 5.151 actuales), y obligará a los deportistas establecidos en España a pagar como residentes.
El ministro de Hacienda y Administraciones Públicas, Cristóbal Montoro, presentó ayer los anteproyectos para modificar las leyes del impuesto de la renta de las personas físicas; sociedades; impuesto del valor añadido y ley general tributaria, que fueron aprobados en Consejo de Ministros el pasado viernes, cuando ya se revelaron algunos detalles. Ayer se publicaron en la página web del Ministerio para su consulta pública y el envío de las observaciones pertinentes, y se han remitido a los agentes sociales, en tanto que se presentarán a las comunidades autónomas en el Consejo de Política Fiscal y Financiera (CPFF) del próximo jueves.
El que se refiere al IRPF, el más importante por recaudación y por ciudadanos a los que afecta, tiene entre sus principales novedades que las indemnizaciones por despido tributarán a partir de los 2.000 euros por año trabajado ya que el Gobierno ha limitado la exención que tenían sobre el IPRF y ha establecido un mínimo exento equivalente a un salario de 20.000 euros anuales.
El secretario de Estado de Hacienda, Miguel Ferre, afirmó que de esta forma se introduce "equidad" en el tratamiento fiscal de las indemnizaciones por despido improcedente. La nueva exención establece que los trabajadores que hayan sido despedidos a partir del 20 de junio empezarán a tributar en 2015 desde los 2.000 euros recibidos por año trabajado. Hasta ahora todas las indemnizaciones por despido estaban exentas al 100% independientemente del salario recibido.
Ferre indicó que, con la reforma fiscal, conforme las indemnizaciones por despidos se corresponden con niveles de salario anual superior a los 20.000 euros los niveles de tributación van aumentando.
Así, para un sueldo anual de entre 12.000 euros y 20.000 euros que han recibido indemnizaciones de entre 1.100 euros y 1.833 euros por año trabajado, la exención a partir del 2015 es del 100%.
A partir de salarios anuales de 30.000 euros con indemnizaciones de 2.750 euros por año trabajado, la exención se establece para el 72,72% de la indemnización. En el caso de un salario anual de 150.000 euros que ha recibido una indemnización por despido improcedente de 13.750 euros por año trabajado, la exención se reduce al 14,5 % del total de lo percibido por el despido.
Asimismo, este límite en la exención de tributar por indemnizaciones de despido se extiende a los despidos colectivos por causas objetivas (económicas, técnicas, organizativas, de producción o por fuerza mayor).
El secretario de Estado matizó que el tratamiento fiscal en los casos de indemnización por despido era "disperso" y en muchos casos se daba un "abuso" en la utilización de despidos improcedentes. Otra de las novedades de la reforma es que deja de tributar la ganancia patrimonial derivada de la dación en pago de la vivienda habitual. Además, las pérdidas de capital derivadas de la inversión en participaciones preferentes servirán para compensar las ganancias patrimoniales que se obtengan con las acciones fruto del canje.
Asimismo, la aportación máxima a los planes de pensiones que podrá ser desgravada en el IRPF se reducirá a 8.000 euros por año.
Los deportistas profesionales que residan en España por motivos laborales no podrán acogerse al impuesto de la renta de no residentes, que el Gobierno recupera tras eliminarlo el Ejecutivo de Zapatero en el año 2010.
También cambia la deducción por el alquiler de la vivienda habitual, que será suprimida a partir del próximo ejercicio, aunque podrán seguir beneficiándose de ella quienes hayan firmado el contrato de arrendamiento con anterioridad al 1 de enero de 2015. El Ejecutivo indica que para avanzar en términos de neutralidad se suprime la deducción por alquiler, homogeneizando el tratamiento fiscal de la vivienda habitual entre alquiler y propiedad. No obstante, se articula un régimen transitorio para los alquileres de vivienda efectuados con anterioridad a 2015, de manera que la supresión sólo afectará a los nuevos alquileres.
La deducción estatal para inquilinos ascendía al 10,05% de las cantidades satisfechas en concepto de alquiler para los contribuyentes con una base imponible máxima inferior los 24.107,20 euros. Esta deducción empezó a funcionar el 1 de enero de 2008 con carácter exclusivamente estatal, por lo que sólo afecta a la cuota íntegra estatal y no a la autonómica, ya que algunas regiones aprobaron deducciones propias similares y compatibles con ésta,
Además, la retención para autónomos con rentas menores a 12.000 euros bajará del 21 al 15% a partir de julio. En cuanto al sistema de módulos, se reduce el umbral de exclusión de 450.000 a 150.000 euros y de 300.000 a 150.000 euros de gastos.
Sobre el impuesto de sociedades, desaparece la deducción por inversiones medioambientales y se eliminan las de reinversión de beneficios, que son sustituidas por la de reserva de capitalización, por la que queda exenta de tributación aquella parte del beneficio que se destine a la constitución de una reserva indisponible.
En el cine -y también en el teatro, aunque aún no aparece en el anteproyecto- se elevan los incentivos al 20% y se fija una deducción del 15% de los gastos de producciones extranjeras en territorio español. En cuanto al IVA, se mantiene como está excepto en el sanitario, que debe adecuarse a una sentencia europea.
Montoro insistió en que los principales beneficiados de la reforma serán las rentas medias y bajas y defendió que el Gobierno no está "innovando", ya que refleja los datos que aparecen en el Programa de Estabilidad aceptado por la Comisión Europea.
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