La nueva Ley de Morosidad obliga a la Administración a pagar en 30 días

La norma fija para las empresas privadas un plazo máximo de 60 días y elimina la posibilidad de pactar aplazamientos · Entrará en vigor progresivamente en tres años

Oficina de recaudación de Chiclana de la Frontera.
Oficina de recaudación de Chiclana de la Frontera.
R. E. / Madrid

24 de marzo 2010 - 05:02

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Coto a la morosidad. La Comisión de Industria, Turismo y Comercio del Congreso de los Diputados aprobó ayer una proposición de ley para limitar a 30 días el plazo en que la Administración debe pagar a las empresas proveedoras. La proposición supone la modificación de la Ley 3/2004 sobre morosidad en las operaciones comerciales, que establecía un régimen general de pago a 60 días, con excepciones a 90 días y una limitación de 30 para los bienes perecederos.

A partir de ahora, la Administración deberá pagar en un plazo máximo de 30 días, mientras que el sector privado deberá hacerlo en 60 días a partir del momento en que sus proveedores entreguen los bienes o presten los servicios contratados. Según algunas estadísticas manejadas por los grupos parlamentarios, el plazo efectivo de pago es de unos cien días en el sector privado, de 140 en la administración central, de 150 en la autonómica y de 238 días en la local.

La iniciativa, que fue presentada por CiU y fue aprobada por unanimidad en gran parte de su articulado, introduce un periodo transitorio de aplicación, de modo que la Administración deberá reducir el pago a las empresas a 55 días desde su entrada en vigor; a 50 días a partir del 1 de enero de 2011; a 40 días en 2012, y a 30 días a comienzos de 2013. El sector privado también contará con un periodo transitorio para reducir los plazos de pago a sus proveedores, a 85 días desde su entrada en vigor; a 75 días a partir de enero de 2012, y a 60 días en enero de 2013.

Una de las principales novedades es la supresión de la cláusula que permitía a las partes acordar un plazo de pago superior al establecido con carácter general por la normativa. La aplicación de esta cláusula suponía en la práctica el incumplimiento de los plazos marcados por la ley, puesto que permitía a las grandes empresas imponer sus condiciones a sus proveedores, normalmente pymes sin capacidad de negociación.

La cláusula ha sido suprimida por acuerdo de todos los grupos parlamentarios, a excepción del PSOE, que proponía mantenerla para las empresas proveedoras con una facturación superior a 100 millones de euros.

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