El horario de los empleados públicos se mantendrá en 37 horas y media en 2013
El Ministerio de Hacienda introduce normas de flexibilización de horarios para favorecer la eficiencia y el servicio público y avanzar en materia de conciliación familiar.
Madrid/La jornada laboral de los empleados públicos de la Administración General del Estado se establece a partir de 2013 en 37 horas y media a la semana (1.664 horas anuales), con lo que se consolida el incremento horario derivado de los cambios normativos introducidos en 2012. Así consta en la instrucción de trabajo y horarios del personal al servicio de la Administración General del Estado que el Ministerio de Hacienda ha planteado formalmente a la Mesa General de Negociación Administración Estado.
Según esta instrucción, el Ministerio introduce también diversas normas de flexibilización de horarios para los empleados públicos de la Administración General del Estado con el fin de favorecer la eficiencia y el servicio público, así como avanzar en materia de flexibilización y conciliación familiar.
La resolución del Ministerio, que sustituye a la de 20 de diciembre de 2005, establece que la jornada laboral sea de 1.664 horas anuales, incrementándose la jornada efectiva de trabajo hasta 37 horas y media como consecuencia de los cambios normativos introducidos durante 2012. Al menos la mitad de las vacaciones habrán de ser disfrutadas entre el 16 de junio y el 15 de septiembre, concentrando, por tanto, una parte de las vacaciones en el período de menor actividad, pero permitiendo que otra parte pueda disfrutarse en períodos distintos.
La nueva instrucción también reduce de una hora a sólo 30 minutos el horario de interrupción para la comida, facilitando que la jornada finalice media hora antes, "a fin de acercarnos progresivamente a horarios europeos más racionales". Además, permite, en determinados ámbitos, el cierre de las instalaciones debido a la inactividad estacional de determinados servicios públicos, por ejemplo en los centros docentes durante los periodos no lectivos.
La instrucción refuerza igualmente los mecanismos de seguimiento y control para el cumplimiento efectivo de la jornada y horario del empleado público, "a fin de que conductas individuales no perjudiquen la imagen de un colectivo cumplidor y dedicado siempre al servicio al ciudadano". El Ministerio también establece que los empleados públicos que tengan a su cargo personas con discapacidad hasta el primer grado de consanguinidad o afinidad (hasta ahora sólo afectaba a los hijos) podrán disponer de dos horas de flexibilidad horaria diaria sobre el horario fijo. También se mejora la flexibilidad para que los funcionarios puedan distribuir sus vacaciones y días de permiso fuera del periodo vacacional de verano, entre otras.
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