Vuelco en un juicio por prevaricación

Absuelven a un delegado de Educación en Sevilla diez años después de acusarlo de 'enchufar' a la hija de otro cargo de la Junta

Imagen de archivo de una rueda de prensa del entonces delegado de Educación en Sevilla, Francisco Díaz.

Imagen de archivo de una rueda de prensa del entonces delegado de Educación en Sevilla, Francisco Díaz. / Belén Vargas

La Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla ha absuelto este lunes a tres antiguos cargos de la Junta de Andalucía relacionados con la Delegación de Educación en Sevilla, entre ellos quien fue el propio delegado territorial Francisco Díaz, del delito de prevaricación por el que fueron acusados en su día por el nombramiento de la hija del entonces jefe de Inspección Educativa para un puesto de profesora en el Polígono Sur. Diez años después de aquellos hechos, ocurridos en 2014, las partes han alcanzado un acuerdo por el que la Fiscalía ha retirado la acusación contra tres de los procesados y ha aceptado condenar a la jefa de Ordenación a un año y medio de cárcel por un delito de falsedad documental. La implicada, en todo caso, no tendrá que entrar en prisión.

La vista oral, que ya fue suspendida hace un año por la huelga de los letrados de la Administración de Justicia (LAJ), apenas ha durado unos minutos. La principal encausada, Carmen Liébana, ha reconocido que la responsabilidad del 'enchufe' fue suya y que ninguna responsabilidad tuvieron el ex delegado territorial de Educación Francisco Díaz (PSOE) ni el entonces jefe de Recursos Humanos, Luis Manuel Sanchís. También ha salido favorecida la hija del entonces jefe de Inspección Educativa de la Junta, Anaís M.M., igualmente absuelta después de que la Fiscalía y el sindicato Ustea retirasen sus acusaciones.

"Ha sido un proceso largo e injusto que nunca debería haber llegado a juicio y que tuvo que acabar en el juzgado de Instrucción. Se ha visto que no había nada", ha lamentado Francisco Díaz después de la comparecencia.

Su abogado ha sido algo más prolijo en palabras. Juan Carlos Alférez, de Constitución 23 Estudio de Litigación, ha reconocido que estaba "enormemente satisfecho con la finalización del proceso y con la retirada de la acusación". "Siempre hemos defendido con vehemencia la inocencia de nuestro cliente y por fin, tras un largo periplo, esa inocencia ha sido confirmada", ha destacado el letrado, que también ha recalcado que "al haberse dictado una sentencia absolutoria in voce y manifestar las partes su intención de no recurrir, la presunción de inocencia deviene en declaración de inocencia plena". En otras palabras, la sentencia es firme.

En este caso se investigó la designación de profesores de los cuerpos docentes no universitarios para su adscripción al Comisionado del Polígono Sur para "colaborar con el estudio de las necesidades" del barrio con menor renta neta anual por persona de toda España. Según indicaba la Fiscalía en su escrito provisional, el 11 de noviembre de 2004 se firmó el convenio de colaboración entre la Consejería de Educación y el Comisionado, por el que la Administración adscribiría al Polígono Sur a cuatro profesores de cualquiera de los cuerpos docentes no universitarios. "El procedimiento indicado en el convenio no establece que la provisión de los cuatro docentes se realizara por el sistema de libre designación. En todo caso se debía respetar la normativa vigente y los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad", recordaba la acusación pública.

Para el curso 2014-15, los representantes del Comisionado propusieron "tres candidatos" y Carmen Liébana, "excediendo su competencia, propuso verbalmente" el nombramiento de Anaís M.M. "pese a conocer que no reunía los requisitos al no ser funcionaria de carrera docente no universitaria ni interina de alguna bolsa de trabajo de la Consejería de Educación".

Inicialmente, la Fiscalía imputó a los acusados dos delitos de prevaricación y uno de falsedad en documento público. Para los cuatro procesados pidió 3.000 euros de multa y un año y medio de inhabilitación especial para ocupar cualquier empleo o cargo público. Y para Liébana, además, tres años y medio de prisión, tres años de inhabilitación especial y una multa de 7.200 euros por el delito de falsedad. El sindicato Ustea, que ejerció la acusación particular, elevó a cuatro años y medio su petición de cárcel para esta investigada. Tras el acuerdo, la única condena ha recaído en la jefa de Ordenación.

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