La investigación a la mafia del taxi

Los taxistas del aeropuerto crearon un "catálogo de infracciones y sanciones" para perpetuar el monopolio de la parada

El presidente de Solidaridad del Taxi, Antonio Velarde, a la izquierda, junto al ex presidente, Enrique Filgueras, en los juzgados.

El presidente de Solidaridad del Taxi, Antonio Velarde, a la izquierda, junto al ex presidente, Enrique Filgueras, en los juzgados. / juan carlos vázquez

Los taxistas del aeropuerto de Sevilla crearon un "catálogo de infracciones y sanciones" para perpetuar el monopolio de la parada en el aeródromo de San Pablo, según asegura la juez en el auto que acaba de procesar a 27 taxistas de la Asociación Hispalense de Solidaridad del Taxi por delitos de pertenencia a "organización criminal, coacciones y daños". La magistrada sostiene que todas las sanciones previstas para los asociados están referidas a la prohibición de cargar en la parada del aeropuerto, lo que a su juicio pone de manifiesto que este grupo de taxistas tienen "el dominio y uso exclusivo" de dicho punto de servicio, cuyo uso se "atribuyeron por la fuerza y con medios coactivos y vandálicos".

En el auto, adelantado por este periódico, la titular del juzgado de Instrucción número 8 de Sevilla, Reyes Flores, señala que Solidaridad del Taxi, constituida en el año 2001, se hizo con ese control de la parada a pesar de que en el año 2017 sólo contaba con 188 de las 2.214 licencias que el Ayuntamiento de Sevilla tiene concedidas y en alta, según figura en el Instituto del Taxi.

En el registro realizado en la sede de la asociación fue hallado un "catálogo de infracciones y sanciones", así como un documento que regula los "principios básicos de comportamiento general, en el que se consignan una serie de comportamientos a observar por los integrantes de la asociación", documento que fue localizado en el despacho del entonces presidente de Solidaridad del Taxi y también procesado, Enrique Filgueras.

Dice la instructora que como consecuencia de esa inspección, se descubrieron "múltiples anotaciones relativas a sanciones impuestas a algunos de los socios, existiendo lo que se denomina un Comité de Sanciones". Las infracciones se tipificaban como leve, grave y muy grave, correspondiéndole a las leves una sanción de "siete días de no utilización de la parada del aeropuerto o 70 euros"; a la grave 15 días o 150 euros; y a la muy grave 30 días sin poder hacer uso de la parada o el pago de 300 euros. Si se producía un caso de reincidencia, el taxista podría ser incluso sancionado con la "expulsión de la asociación".

15 días por perder la vez dejando el túnel vacío

En dichas anotaciones, prosigue la juez, se han encontrado escritos con "referencias a las conductas a sancionar y entre ellas la imposición de 15 días por perder la vez dejando el túnel vacío y carga, 15 días por perder la vez dejando el túnel vacío y no carga, siete días por dejar el túnel vacío, siete días por no dar la vez al tercer aviso, 30 días si es avisado y deja el túnel vacío, siete días por insultar o faltar el respeto a los compañeros, 30 días por intentar pegar a un compañero o 90 días por pegarle e incluso sanciones tan llamativas como si se ensucia las instalaciones tirando cualquier tipo de basura al suelo 15 días limpiando las instalaciones y tres días a dar carreras a Sevilla". 

Además, se han encontrado "cartas de sanción" con la máxima pena, la expulsión de la asociación, por el motivo de "no asistir a una concentración o por motivo de haber faltado a una movilización, teniendo los afectados que presentar justificantes médicos o de cualquier tipo que le permitan exonerarse de dichas sanciones".

En el auto, la juez concluye que la "propia naturaleza de las sanciones impuestas pone de manifiesto el dominio y uso exclusivo que de la parada del aeropuerto realiza la asociación hasta el extremo de que todas las sanciones van referidas a la prohibición de cargar en la parada del aeropuerto, no del ejercicio general de la actividad ni de ningún otro extremo, lo cual pone claramente de manifiesto que tienen el dominio y uso exclusivo de la misma", asevera.

En este sentido, recuerda que los testigos que han declarado, algunos incluso en la condición de "testigos protegidos", no hacen sino corroborar todos estos indicios, por cuanto coinciden en que "es imposible que un taxista que no pertenezca a la asociación pretenda acudir a dicha parada, negándosele la parada en la carpa del mismo, siendo así que no tiene ninguna otra explicación lógica incluso el hecho de que de las más de 2.000 licencias vigentes en esta ciudad, la parada del aeropuerto sólo sea utilizada por el porcentaje que implica a los afiliados a la asociación, cuyo numero precisamente sería limitado y su admisión condicionada por cuando debe permitir continuar en un uso de la parada por un número de licencias que permita obtener o tener garantizado un beneficio económico en perjuicio del resto".

De esta forma, indica que "múltiples testigos ponen de manifiesto que lo más que puede hacer un taxista concertado es acudir a la parada de salidas nunca a la de llegadas, habiendo sufrido ataques, insultos eincluso daños en los vehículos" e igualmente la investigación practicada avala "la preferencia y los privilegios del propio presidente y la directiva de la asociación, que tienen establecido un sistema por el cual incluso tienen que cederle el turno cuando acceden a la parada, bajo la premisa o excusa de que no han podido estar en espera porque han estado realizando funciones en beneficio de la asociación".

Por todo ello, la juez concluyó que Solidaridad del Taxi "opera como una verdadera organización criminal, siendo un grupo perfectamente estructurado y jerarquizado a cuyo frente se encuentra el entonces presidente, Enrique Filgueras, y tras éste los demás miembros de la directiva, con un catálogo interno de infracciones y sanciones de estricto cumplimiento, con un marcado carácter de sometimiento alas instrucciones y criterios del presidente que incluso se pone de manifiesto en los términos en que deben dirigirse al mismo cuando pretenden recurrir o hacer alegaciones a una de esas sanciones internas, todo ello con el objetivo esencial de obtener un beneficio económico".

Esta asociación, continúa, se atribuyó "por la fuerza y con medios coactivos y vandálicos, el uso exclusivo de la parada de la terminal del aeropuerto, impidiendo así que el resto de los taxistas con licencia municipal en esta ciudad en una gran mayoría, no puedan acudir a dicha parada".

 

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