Dos Hermanas

Condenado a dos años de cárcel el hombre que secuestró a otro y lo tiró al Canal de los Presos para reclamarle una deuda

El acusado secuestró a la víctima en esta esquina de Dos Hermanas.

El acusado secuestró a la víctima en esta esquina de Dos Hermanas. / M.G.

La Audiencia de Sevilla ha impuesto dos años de cárcel a un vecino de Dos Hermanas que secuestró a otro hombre en un salón de juegos y, con el pretexto de que le debía una cantidad no determinada de dinero, lo retuvo y se lo llevó al conocido como Canal de los Presos para intimidarlo. De hecho, incluso lo lanzó “en diversas ocasiones” al agua para conseguir que saldase esa supuesta deuda. El investigado, para quien la Fiscalía pidió inicialmente cinco años de prisión, no sólo se ha beneficiado de un acuerdo entre su abogado y la acusación pública, sino que ni siquiera tendrá que pisar centro penitenciario alguno, ya que el tribunal también ha suspendido la ejecución de la pena durante un periodo de dos años.

El Ministerio Público atribuyó inicialmente a Mikel P.A. un delito de secuestro de acuerdo con el artículo 163.1 del Código Penal, que establece que “el particular que encerrare o detuviere a otro, privándolo de su libertad, será castigado con la pena de prisión de cuatro a seis años”. En este caso, la acusación se quedaba en el término medio y solicitaba que se le impusiera una condena de cinco años de cárcel.

Ya en el acto del juicio, tras pactar las nuevas condiciones con la defensa, la fiscal ha cambiado el término 'secuestro' por detención ilegal y ha aplicado el segundo párrafo de ese artículo en vez del primero. "Si el culpable diera libertad al encerrado o detenido dentro de los tres primeros días de su detención, sin haber logrado el objeto que se había propuesto, se impondrá la pena inferior en grado", reza ese precepto. Al bajar la calificación, también baja la pena, en concreto en tres años.

Los hechos, que han sido reconocidos por el acusado como parte del acuerdo, ocurrieron en la tarde del 5 de enero de 2022, aproximadamente al mismo tiempo que se desarrollaba la Cabalgata de Reyes de la localidad nazarena. Mikel P.A. y otras personas no identificadas se presentaron en el Orenes Bar Sport que hay en la esquina entre las avenidas del Guadalquivir y de España. Allí estaba la víctima. “Con ánimo de privarlo de su libertad”, como recogerá la sentencia, lo introdujeron por la fuerza en un vehículo y desde allí se dirigieron al Canal de los Presos mientras “le exigían el supuesto pago de una cantidad de dinero que le debía”.

Para “conseguir tal fin”, los secuestradores “tiraron” al hombre retenido “al mentado canal” varias veces. “El tiempo que estuvo privado de su libertad fue aproximadamente de un par de horas”, concluía la Fiscalía en su escrito provisional.

Además de la pena de prisión, el Ministerio Público también reclamaba inicialmente que al investigado se le prohibiera aproximarse a menos de 300 metros y comunicarse con la víctima durante un periodo de seis años. Esta parte de la petición se mantiene tal cual en la sentencia, que ha sido dictada y declarada firme en la misma sala por el tribunal de la Sección Cuarta que ha enjuiciado el caso.

A continuación, la defensa ha solicitado la suspensión de la ejecución de la pena de cárcel y ha recordado que, a pesar de que su cliente cuenta con antecedentes penales (en 2013 fue condenado a una multa de 360 euros por una falta de lesiones a una mujer, por ejemplo), no eran aplicables a este caso. También ha destacado que Mikel P.A. "no ha vuelto a ver a esta persona" desde el día de los hechos, en referencia al retenido. La fiscal no se ha opuesto a su solicitud y la Sala ha acordado que en efecto se suspenda durante un plazo de dos años, así que el encausado no entrará en la cárcel a no ser que cometa algún delito en ese tiempo o infrinja la orden de alejamiento e incomunicación que se le ha impuesto respecto al perjudicado.

"Esto no significa que le estemos perdonando la condena, sólo se la suspendemos a cambio de unas condiciones que confiamos que cumpla. Hay una cosa muy importante: la prohibición de acercarse o comunicarse por cualquier medio con la víctima", le ha recordado la presidenta del tribunal a Mikel P.A. "Se lo garantizo", le ha respondido el hombre.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios