La defensa de José Manuel Rodríguez, el hombre que en octubre de 2016 acabó con la vida de su pareja, Estefanía María G. E., a la que asestó una docena de puñaladas en plena calle de Olivares y en presencia de los dos hijos menores de tres y cinco años, ha negado que este crimen machista sea constitutivo de un delito de asesinato y, en su lugar, ha estimado que puede ser un homicidio (imprudente o doloso) en el que concurren las circunstancias atenuantes de arrebato y confesión.
El abogado del acusado ha explicado que José Manuel Rodríguez, un antiguo policía de la República Dominicana especializado en la lucha contra el tráfico de estupefacientes, creía que sus dos hijos estaban "en grave peligro" porque supuestamente su pareja tenía una infidelidad con una persona que "consumía o manejaba drogas", por lo que imaginó a sus hijos "inmersos en el mundo de la droga y temió por ellos".
La defensa ha dicho que indudablemente no puede justificarse el crimen de Estefanía, hecho que reconoce el propio procesado, pero ha atribuido las doce puñaladas que le asestó a un estado de "ofuscación que alteraba su voluntad hasta no hacerlo dueño de sus actos", una "olla a presión" que suponía esa supuesta preocupación por sus hijos.
Ha rechazado igualmente que los hechos constituyan un asesinato con alevosía porque, según el letrado, "no hay sorpresa" en la agresión porque la víctima vio cómo el acusado se acercaba a ella con el cuchillo en la mano y "pudo hasta huir, pero ella era una mujer muy puesta, sin temor a nada", ha añadido el letrado en su alegato previo al inicio del juicio con jurado, que ha indicado asimismo que de las doce cuchilladas, siete eran "de defensa", por lo que a su juicio no hay asesinato sino homicidio con esas dos circunstancias atenuantes.
Así, ha mostrado su respeto a Estefanía "como persona, como mujer y como víctima", aunque ha considerado que ésta "no fue sincera con su pareja" y ha anunciado que si "dicen que mintió lo harán con todo respeto" a la víctima y lo acreditarán.
Por su parte, la Fiscalía ha mantenido en sus alegaciones previas que fue un asesinato porque atacó a su ex pareja "de forma sorpresiva" y la víctima "no tuvo posibilidad de defensa", además de la "desproporción física" con su agresor, una persona de mayor corpulencia. "Estefanía no tenía nada para defenderse y no pudo huir", ha aseverado la fiscal Gracia García Kromer, que ha recordado que el acusado le asestó "muchísimas puñaladas y salió huyendo, dejando a la víctima desangrándose".
Pidió una orden de protección, que fue rechazada
La Fiscalía, que reclama una condena de 23 años de cárcel, también acusa de un delito de maltrato habitual y en este sentido ha señalado que tan sólo un mes antes del asesinato la mujer solicitó una orden de protección que fue rechazada por el juzgado.
Por su parte, la acusación popular que ejerce la Junta de Andalucía -que eleva la pena a 30 años-, ha afirmado que el acusado mató a la joven "a traición y sin posibilidad de defensa", y ha aludido al "clima de violencia y la atmósfera irrespirable" que llevaron a Estefanía a pedir esa orden de protección.
El abogado Max Adam, que ejerce la acusación particular en representación de la familia de Estefanía, ha recordado que en lo que va de año hay ya 40 víctima de violencia machista, casos todos con un mismo patrón, en el que los agresores "deciden cuándo tienen que morir".
El letrado ha indicado que un mes antes del asesinato, Estefanía sufrió el "enésimo maltrato", en el que su hijo resulto lesionado por un cucharón que lanzó el acusado, y eso motivó que la mujer denunciara y solicitara la orden de alejamiento que le fue denegada, un asunto que, según ha anunciado Adam, "será reclamado cuando acabe este juicio".
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