El maltratador Candy pide al juzgado la nulidad de un caso por el que se enfrenta a cuatro años de cárcel

El investigado, que ha eludido dos veces presentarse en sala y que está en busca y captura, solicita que se anule toda la causa tras pasar el caso a un juzgado de instrucción

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Candy, el maltratador que cambió de sexo. / Juan Carlos Vázquez

Nuevo episodio en el caso de Candy, el maltratador que se cambió de sexo y que está en busca y captura por no cumplir una condena en firme de 15 años, en su lucha por aprovecharse de su acción ante el Registro Civil para eludir la Justicia. Como sostiene el bufete Sires Abogados, desde que se inició este proceso, la persona ahora llamada Candy y antes Cándido ha usado el resquicio que le permitía la Ley Trans (ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI) para, mediante "un fraude de ley, eludir la acción de la Justicia", asegura el letrado José Antonio Sires en un comunicado.

En un escrito notificado este lunes, la defensa de Candy pide al juzgado que le tienen que enjuiciar por repetidas agresiones a la clienta de Sires que anule todo el proceso, por considerar que si la causa fue instruida como violencia de género, ahora no puede ser llevada por un juzgado de instrucción.

“Consideramos que es nula de pleno derecho y carece de efectos, toda vez que este procedimiento abreviado se sustenta en aplicación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal y que no son de aplicación, toda vez que el acusado no puede ser juzgado por los delitos de los que se le acusa en este procedimiento”, dice el escrito que ha presentado, al que adjunta el auto de la Audiencia Provincial de Sevilla que dictó que sería un juzgado de instrucción el que llevase el caso.

Sin embargo, el abogado titular de Sires Abogados, José Antonio Sires, ha contestado ya al escrito con una respuesta al juzgado, para citar que “los hechos que fueron denunciados y que dieron origen a la presente causa fueron del año 2022 cuando la investigada tenía genero masculino habida cuenta que el cambio de genero registral se produce en agosto de 2023”.

Por ello, recuerda que el artículo 46.3 de la referida ley es claro: “La rectificación de la mención registral relativa al sexo y, en su caso, el cambio de nombre, no alterarán el régimen jurídico que, con anterioridad a la inscripción del cambio registral, fuera aplicable a la persona a los efectos de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”.

Para Sires, Candy no puede pedir que se borre su expediente de toda una vida de maltrato a nuestra cliente solo por haber cambiado de género hace año y medio, porque ese precepto de la Ley fue añadido “con el propósito de evitar la posible indefensión y la vulneración de los derechos correspondientes a las víctimas de Violencia de Género y por ello el Legislador quiso evitar cualquier fraude de ley que se pudiera dar al utilizar la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechosde las personas LGTBI, para bordear la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género”.

El escrito de respuesta de Sires Abogados ya ha sido presentado, y ahora confiamos en que se tenga en cuenta, y que, de paso, se localice a Candy y, como marca la Ley, acuda al juicio marcado contra su personas agresiones continuadas contra su ahora ex mujer y madre de sus dos hijos.

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