LA FILTRACIÓN DE LAS OPOSICIONES DE LA POLICÍA LOCAL DE 2012

El juzgado de las oposiciones de la Policía Local tiene 25 aspirantes que se sienten perjudicados

Un patrullero de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo.

Un patrullero de la Policía Local de Sevilla, en una imagen de archivo. / D. S.

La juez de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla, que aún no se ha pronunciado sobre el incidente planteado el pasado 7 de septiembre por el Ayuntamiento para que no se ejecute la sentencia que obliga a cesar a 44 policías locales, tiene sobre su mesa a un total de 25 aspirantes que se han personado en el juzgado porque se consideran "perjudicados" y que pueden tratar de reclamar en el caso de que se acordara cerrar el caso con una indemnización. 

El último de estos 25 aspirantes se ha personado en el juzgado recientemente y se suma al reguero de personaciones que se han producido desde que el Ayuntamiento de Sevilla alegó que la sentencia ya no puede ejecutarse y solicitó que los 44 agentes afectados por la repetición del examen de las oposiciones de 2012 no sean cesados.

Uno de estos aspirantes que se sienten "perjudicados" presentó un escrito a la juez pidiendo precisamente todo lo contrario, que se mantenga la repetición de la prueba práctica y, por tanto, se rechace el incidente de inejecución que ha planteado el Consistorio, que alega el "coste económico desproporcionado" y el "grave perjuicio" para la Seguridad Ciudadana que supondría la destitución de los funcionarios.

Según la representación jurídica de este opositor, no hay razones para solicitar la inejecución de la sentencia, dado que jurídicamente no hay fundamento para no acatar la sentencia. El letrado de este aspirante citaba jurisprudencia del Tribunal Constitucional para concluir que sólo el concurso de "circunstancias sobrevenidas" que alteren los términos del litigio pueden hacer imposible la ejecución de la sentencia. Para este opositor, las manifestaciones realizadas por el Ayuntamiento "no tienen encaje" en esas circunstancias sobrevenidas que contempla la jurisprudencia constitucional.

La "conveniencia" de la Administración local

Es más para este aspirante, las alegaciones de la Administración local "se circunscriben mayormente a la conveniencia del ejecutante que a una imposibilidad material o legal", cuestión que ya ha sido aclarada por el Tribunal Constitucional en alguna sentencia que cita expresamente.

"La existencia de dificultades prácticas no pueden excusar la ejecución de las sentencias, tal como especificó la sentencia TC:1985:155, debiendo acreditarse circunstancias que señalen una imposibilidad absoluta de llevar a efecto la ejecución del fallo de la sentencia dictada", por todo lo cual se opone a la inejecución de la sentencia.

Desde que el Ayuntamiento de Sevilla dio un giro sorprendente al caso y comunicó a la juez que no podía cesar a los 44 policías locales, planteando el incidente de inejecución contra la sentencia que obliga a repetir las oposiciones, se ha producido un efecto llamada que está haciendo que aparezcan nuevos opositores que se personan en el proceso judicial como presuntos perjudicados.

Al inicio del litigio sólo había un único opositor denunciante, pero desde que en septiembre se planteó la inejecución por parte del Ayuntamiento se han personado en el juzgado nuevos aspirantes a una plaza en aquellas oposiciones de la Policía Local de hace ya más de once años. Así, la personación más numerosa la protagonizó un grupo de 14 aspirantes que, bajo una misma representación jurídica, entregaron un escrito en el que se mostraban como "interesados y perjudicados por las resoluciones administrativas impugnadas".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios