Condenado en 2019 por un crimen machista

Se suicida en la cárcel el ex capitán de la Policía Dominicana que mató a su ex pareja en Olivares

  • El interno José Manuel Rodríguez Martínez, que fue condenado a 28 años de cárcel, ha sido hallado muerto este miércoles en su celda

El acusado de matar a su mujer en Olivares en 2016.

El acusado de matar a su mujer en Olivares en 2016. / José Ángel García

El ex capitán de la Policía de la República Dominicana José Manuel Rodríguez Martínez, que fue condenado el año pasado a 28 años de cárcel por la muerte en la localidad sevillana de Olivares de su ex pareja Estefany G. E., ha sido hallado este miércoles muerto en su celda de la prisión de Sevilla-I, según han confirmado a este periódico fuentes penitenciarias.

Los hechos han sucedido en torno a las 13:30 horas de este miércoles, cuando los funcionarios de la prisión sevillana fueron a llevarle la comida a José Manuel Rodríguez Martínez a su celda, en la que se hallaba confinado solo desde el pasado 22 de mayo como medida preventiva por el Covid-19. Los funcionarios lo han encontrado ahorcado en la celda, han precisado las mismas fuentes.

El interno, que tenía un destino en el economato del centro penitenciario, había regresado ese mismo día de una visita médica al especialista, por lo que se le había aplicado la medida de confinamiento durante 14 días, de acuerdo con los protocolos establecidos por el coronavirus.

José Manuel Rodríguez Martínez estaba en prisión desde octubre de 2016, cuando fue detenido en plena calle en Olivares, tras haber dado muerte a su ex pareja, en presencia de sus dos hijos menores de edad. Fue juzgado en mayo del año pasado por un jurado popular, que apreció por primera vez en Sevilla en el delito de asesinato una circunstancia agravante por "razones de género", debido a la "posesión" y al "clima de terror" que el acusado había creado para dominar la voluntad de la víctima. De esta forma, la Audiencia lo condenó a 25 años de prisión por un delito de asesinato con alevosía y las agravantes de parentesco y de género, y a tres años de cárcel y la privación del derecho a la tenencia y porte de armas por plazo de 4 años por un delito de maltrato habitual.

La agravante de género fue introducida en el artículo 22.4 del Código Penal en una reforma legal de julio de 2015, pero no se había aplicado en Sevilla hasta este momento. Este precepto agrava la responsabilidad criminal de un acusado cuando el delito se comete precisamente por "motivos racistas, antisemitas u otra clase de discriminación referente a la ideología, religión o creencias de la víctima, la etnia, raza o nación a la que pertenezca, su sexo, orientación o identidad sexual, razones de género, la enfermedad que padezca o su discapacidad".

 

La Guardia Civil mantiene esposado al detenido en el suelo. Foto: M.G. La Guardia Civil mantiene esposado al detenido en el suelo.

Foto: M.G.

La Guardia Civil mantiene esposado al detenido en el suelo. Foto: M.G.

 

Según indica la sentencia, desde que la pareja residía en la República Dominicana, el acusado comenzó a controlar a la víctima, a "aislarla y humillarla", y una vez en España, adonde llegaron en el año 2012, la situación se agravó, llegando incluso a "amenazarla en febrero de 2016 con un arma blanca porque ella no quería mantener relaciones sexuales", y así "a menudo le decía que se iba a llevar a los niños, le controlaba la ropa que se ponía, si se lavaba el pelo y cuando llegaba a casa la hacía desnudarse para ver si traía la ropa interior con flujo".

También declaró probado el jurado que el 16 de septiembre de 2016, el ex policía dominicano llegó al domicilio que compartían en Olivares y, sobre las 22:50 horas, le dijo que la había estado vigilando y que "sospechaba que había estado con otro hombre, propinándole varias puñetazos", mientras la joven se defendió arañándolo.

"Ante esta situación y por el temor que el acusado" le producía, la víctima decidió separarse del mismo y se marchó en octubre de 2016 a otra vivienda en la misma localidad junto a sus hijos, según recoge la sentencia, que resalta que el acusado llevaba "los hechos consistentes en controlar ya desde la República Dominicana" a la mujer. La situación se agravó una vez en España y el acusado “conseguía con ello una posición de control y dominio, creando un clima de terror para llegar a dominar y a anular su voluntad y someterla a sus decisiones".

Sobre las 12:30 horas del 16 de octubre, el procesado atacó a la víctima de forma "sorpresiva" y sin que su pareja "se pudiera defender", tirándola al suelo y clavándole el cuchillo en repetidas ocasiones, sin que Estefany pudiera repeler la agresión ante la "sorpresa del ataque y la superioridad física del acusado", mucho más corpulento que la víctima. Todo sucedió mientras los niños "estaban próximos a ellos, presenciando lo que ocurría".

 

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