Recibe 330 veces su salario, dimite, la empresa lo demanda y la Justicia lo ha absuelto

Un trabajador del sector agroalimentario en Chile recibió 172.000 euros en lugar de 520 por un error administrativo

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Una recreación con dinero en una mesa
Una recreación con dinero en una mesa / M.R.M/IA

Un empleado chileno ha protagonizado un caso que parece sacado de una película tras recibir por error una nómina multiplicada por 330. Lo que debía haber sido un salario de 500.000 pesos chilenos (aproximadamente 522 euros) se convirtió en una transferencia de 165 millones de pesos (unos 172.000 euros). Ante esta situación, el trabajador optó por dimitir inmediatamente y, tras un largo proceso judicial que ha durado tres años, la justicia chilena ha fallado sorprendentemente a su favor en mayo de 2025.

El incidente ocurrió originalmente en mayo de 2022, cuando la empresa Consorcio Industrial de Alimentos cometió el error en su departamento de recursos humanos. Esta multinacional del sector agroalimentario, con presencia en varios países, intentó inmediatamente contactar con el trabajador, quien se desempeñaba como asistente de despacho, para notificarle la equivocación y solicitar la devolución del dinero.

Según declaraciones de la empresa durante el juicio, el empleado inicialmente prometió acudir al banco para devolver el exceso cobrado. Sin embargo, desapareció durante tres días y posteriormente presentó su carta de dimisión acompañado de su abogado, negándose a reintegrar la cantidad recibida por error.

Desarrollo del caso judicial

El caso llegó finalmente a la Corte de Apelaciones de Santiago el 8 de septiembre de 2022, donde la empresa acusó al extrabajador de un delito de hurto. La compañía solicitaba una pena de 540 días de presidio y una multa de más de 346.000 pesos chilenos (aproximadamente 304 euros). Este proceso se ha extendido durante casi tres años hasta su resolución definitiva.

La sentencia emitida por la Sala concluyó que, aunque quedaron probados los hechos relativos a la no devolución del dinero, la conducta no constituía un delito de hurto de hallazgo, sino un caso de "cobro de lo no debido". Este matiz legal ha resultado fundamental para el desenlace del caso, ya que la Corte determinó que el asunto debía resolverse en un tribunal civil y no penal, quedando así el trabajador absuelto de los cargos criminales.

Tras conocerse el fallo judicial, el Consorcio Industrial de Alimentos ha manifestado su desacuerdo y ha anunciado que "emprenderá todas las acciones legales posibles, en particular un recurso de nulidad" para intentar revertir la decisión. La empresa considera que existe un perjuicio económico evidente y busca que se reconsidere la calificación jurídica de los hechos.

Comparativa con la legislación española

En España, este tipo de situaciones tienen un tratamiento legal muy diferente al observado en el caso chileno. Cuando un empleador paga de más a un trabajador, la legislación española considera este hecho como un pago indebido y la empresa tiene pleno derecho a reclamar su devolución, amparada tanto por el Código Civil como por el Estatuto de los Trabajadores.

El procedimiento habitual en nuestro país comienza con un acuerdo entre las partes, ya sea mediante una devolución directa o estableciendo descuentos graduales en nóminas futuras. En caso de no alcanzarse un acuerdo voluntario, la empresa puede acudir a los tribunales para exigir el reintegro, disponiendo de un plazo de un año para iniciar las acciones legales correspondientes.

Es importante destacar que, aunque el trabajador haya recibido el exceso de buena fe, la legislación española establece claramente la obligación de devolución del importe recibido por error. No obstante, existen garantías para el trabajador, ya que se protege su salario mínimo ante posibles embargos para evitar situaciones de desprotección económica desproporcionada.

Repercusiones y precedentes similares

Este caso ha generado un intenso debate tanto en Chile como en otros países donde se han difundido los detalles del mismo. Los expertos en derecho laboral señalan que podría sentar un precedente preocupante para las empresas que cometan errores administrativos de esta naturaleza, especialmente considerando el monto involucrado y la resolución judicial favorable al trabajador.

No es la primera vez que ocurren situaciones similares en el ámbito internacional. En 2023, un caso parecido tuvo lugar en una empresa tecnológica en España, donde un error informático provocó el pago duplicado de las nóminas a toda la plantilla durante tres meses consecutivos. A diferencia del caso chileno, la resolución fue completamente distinta: los tribunales españoles obligaron a los trabajadores a devolver íntegramente las cantidades percibidas indebidamente, aunque permitieron un plan de pagos fraccionados.

En 2024, otro incidente destacable ocurrió en Argentina, donde una entidad bancaria transfirió por error 1,2 millones de pesos a la cuenta de un cliente. En este caso, la justicia argentina determinó que el receptor debía devolver el dinero al tratarse de un enriquecimiento sin causa, estableciendo una postura diferente a la adoptada por la corte chilena en el presente caso.

Los especialistas en derecho laboral internacional coinciden en que la mayoría de los ordenamientos jurídicos tienden a proteger a las empresas en casos de errores administrativos como el ocurrido en Chile, considerando que permitir que un trabajador se quede con cantidades desproporcionadas recibidas por error podría fomentar conductas oportunistas y generar inseguridad jurídica en las relaciones laborales.

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