¿Qué hacemos ante un accidente de tráfico?

Caso práctico

El abogado José María Adorna Castro responde a las dudas que pueden surgir si sufrimos un accidente de tráfico

Los dos coches implicados en el accidente.
Dos coches implicados en un accidente. / Emergencias Sevilla

Si tenemos un accidente de tráfico que nos ocasiona una lesión, lo primero es recuperar la salud. Pero también, buscar un abogado desde el primer momento. "A mis clientes les insisto que lo importante es recobren la salud. Y su recuperación es más efectiva cuando han dejado en las manos de un abogado lo menos importante, que es la futura indemnización", explica José María Adorna Castro, abogado especialista en temas de accidentes de tráfico. "Es decisivo descargar toda la cuestión legal en un abogado de confianza y centrarse en uno mismo", asegura.

El abogado José María Adorna Castro
El abogado José María Adorna Castro / M. G.

¿Cuándo acudir al abogado?

Es fundamental evitar la incertidumbre. Por eso la primera visita al letrado debería ser lo antes posible, ya sea personalmente visitando la sede del despacho, o de forma telemática.

Aquí es importante saber que aunque la compañía de seguros tengan sus propios abogados, el asegurado tiene derecho a nombrar uno particular, de su propia confianza, cuya minuta la abonará su propia compañía, hasta el límite marcado en póliza. Es la cobertura de Asistencia Jurídica que toda póliza de automóvil tiene vinculada.

Claves para la primera visita al abogado

José María Adorna Castro, en la primera visita, recomienda que para una mejor recuperación deberá tratarse en un centro de rehabilitación específico de accidentes de tráfico. "Pocos son los clientes que conocen que tienen el derecho a ser tratado, de forma gratuita por un centro de rehabilitación. Incluso, si son ellos han sido los causantes y culpables del accidente, porque ese servicio no está sujeto a un juicio de culpabilidad. De hecho, aunque no se sea culpable de la colisión, la rehabilitación será, casi siempre, a cargo de la compañía aseguradora propia del accidentado, y no de la del culpable".

Este abogado recuerda que no es obligatorio acudir al centro de rehabilitación ofrecidos por la aseguradora. "Por ejemplo, en mi despacho trabajo con varias compañías de rehabilitación independientes, que tratan a mis clientes de manera más pausada, sin prisas ni agobios y de forma gratuita y ellos mismos se encargan de todo, incluso de comunicar a la compañía aseguradora el tratamiento rehabilitador y cobrarles la minuta final".

La cuantificación económica de las lesiones

Una vez que el cliente tiene ya su letrado y está recuperado, toca la cuantificación económica de las lesiones. Hace unos años, antes de la reforma del Código Penal, los médicos forenses de los juzgados podían ver a los clientes en todos los casos, y los ellos hacían un informe médico gratuito estableciendo los días de baja y las secuelas que les podían haber quedado. Ahora ya no es posible contar con ese recurso en los primeros momentos, aunque sí cuando la aseguradora haga una oferta por escrito.

Hay que buscar un perito médico privado que determine el alcance de las lesiones, es decir, que indique cuántos días de recuperación ha necesitado el lesionado y las secuelas concretas que desgraciadamente le han quedado tras el accidente, los llamados puntos de secuela. Este informe servirá para que el abogado, a través del baremo de accidentes que publica cada año el Gobierno, calcule la indemnización final que se solicita a la compañía aseguradora.

Adorna Castro explica que el coste del perito médico privado dependerá de varios factores, pero suele ser menor. "Si el accidente ha dejado lesiones más graves, que conlleven indemnizaciones mucho mayores, recomiendo a mis clientes contar con informes periciales más complejos, que raramente costarán más de 450 euros".

La reclamación al causante del accidente

Con el informe pericial, el abogado ya puede calcular la indemnización final que va a reclamar ante la aseguradora del vehículo causante del accidente. Esta reclamación se hace formalmente, acompañando el informe pericial y los informes médicos completos del cliente. La compañía tiene obligación de contestar en un plazo de tres meses.

Es habitual que en esta fase la aseguradora quiera que un médico propio vea al cliente. Cuando analice la documentación y sus propios informes, realizará la oferta motivada. Es un escrito en que la compañía ofrece una cuantía, que casi siempre, es sensiblemente menor a la reclamada. "Las aseguradoras no suelen negociar en esta fase, pero, eso sí, aunque el cliente no esté conforme con la cuantía ofrecida, la aseguradora ingresará dicha cantidad en su cuenta bancaria, una vez que el letrado le traslade el número de dicha cuenta", comenta Adorna Castro.

¿Qué ocurre con la cantidad restante? José María Adorna afirma que en la práctica suelen darse tres posibilidades. Una es que el cliente se conforme con lo ofrecido y no quiera continuar. La segunda posibilidad es acudir, ahora sí, al médico forense del juzgado, que será quien determine la indemnización final, que nunca puede ser menor que la ya ofrecida por la entidad. El problema es que esta opción, debido al colapso judicial,ahora incluso mayor debido al Covid-19, es el tiempo. Es decir, desde que el letrado registre la solicitud hasta que un médico forense vea al paciente, pasará un año al menos. La tercera opción, que es la que recomienda el abogado en caso de accidentes con lesiones medias o graves, con reclamaciones económicas de mayor envergadura, es acudir a la vía judicial, donde finalmente un juez decidirá.

"Si se han hecho bien los deberes, es decir, se ha contado con un centro rehabilitador serio, que realiza un informe de rehabilitación contundente, y si se ha contado además con un perito médico de mi total confianza, sobradamente preparado para defender su informe pericial ante el juez, la vía judicial se torna más sencilla", advierte Adorna Castro.

¿Y qué pasa con el coche accidentado?

¿Qué ocurre con los daños materiales, es decir, con los daños sufridos por el coche?

Por lo general, en los casos de accidentes de automóvil, los daños materiales se resuelven solos. Suelen abonarlos la aseguradora propia. Las compañías tienen un sistema de convenios firmados entre ellas, por la que es la aseguradora del no culpable la que perita los daños, y los repara.

"Debido a la creciente cicatería de las compañías, se dan casos en los que el cliente no está de acuerdo con la reparación, pues no le reparan todos los daños (habitualmente porque el perito de la aseguradora no está de acuerdo en que todos los daños sean por el accidente, o porque no quiera sustituir sino reparar piezas irreparables). En esos casos, hay que acudir a la vía judicial. También puede darse el caso que el vehículo sea siniestro total. Es decir, que el valor de la reparación sea mayor que el que valor de mercado que tenía el vehículo en la fecha del accidente. En este último supuesto, al cliente le ofrecerán una cifra económica supuestamente coincidente con el valor de mercado del coche, pero que, como puede uno figurarse, suele ir a la baja, dando lugar a un posterior conflicto judicial", comenta Adorna Castro.

¿Y si nadie asume la culpa?

Uno de los casos más frecuentes de reclamación judicial por daños materiales se da cuando ninguna compañía asume la culpabilidad del siniestro. "En estos casos, trabajamos en el despacho con peritos expertos en las mecánicas de los accidentes y en la cuantificación de daños materiales, como Humberto Ottomano, que harán un informe pericial y fundamentarán sobradamente la futura demanda judicial", explica.

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