Calor

El sindicato STAJ denuncia el calor en el interior de edificios judiciales de Sevilla

Una persona regula la temperatura del aire acondicionado

Una persona regula la temperatura del aire acondicionado / Josué Correa

El pasado 12 de agosto, el Sindicato de Trabajadores de la Administración de Justicia (STAJ) remitió un escrito a la Delegación Territorial de Turismo, Regeneración, Justicia y Administración Local de Sevilla, Área de Justicia, denunciando la situación en la que se desarrolla la jornada laboral en algunos edificios judiciales de Sevilla a partir de que entrara en vigor la medida sobre la temperatura del aire acondicionado, que no puede ser inferior a los 27 grados.

En el escrito, el sindicato exigía a la Administración autonómica que la medida se aplique teniendo en cuenta el Real Decreto 486/1997 de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo. Por tanto, continúa el comunicado, "teniendo en cuenta que el confort térmico comienza a peligrar a partir de los 27 grados ambientales, ya que con temperaturas superiores las condiciones ambientales no se consideran adecuadas, por lo que el ser humano puede sufrir fatiga, tal como señala la Agencia Española de Metereología, la regulación del sistema de refrigeración debe realizarse específicamente para cada estancia, y no de forma generalizada sin atender a las concretas características de cada una".

Según el sindicato, la "aplicación rigorista de la medida", hace prever que las condiciones de trabajo empeoren "en los próximos días cuando las plantillas de los juzgados se completen a la vuelta de las vacaciones, y se produzca el considerable aumento de profesionales y público que acude diariamente a los edificios judiciales, entre los que se encuentran personas especialmente sensibles como ancianos, niños o mujeres embarazadas".

Así pues, desde el sindicato, exigen "de manera urgente" que la medida relativa al máximo de temperatura del aire en los recintos refrigerados "no sea aplicada indiscriminadamente ni en un sentido general y único para todas las estancias judiciales, dado que cada dependencia judicial tiene sus características que inciden en la temperatura ambiental, debiendo, consiguientemente, procederse a las mediciones correspondientes por los técnicos de prevención, que determinen cuál ha de ser la fijación de la temperatura en el sistema de refrigeración en atención a las características de cada estancia, para asegurar las condiciones ambientales óptimas, tanto para el desarrollo de la jornada laboral de los trabajadores que prestan el servicio, como para los profesionales y público en general que deben permanecer largo tiempo para practicar las actuaciones de su interés que les lleva a los edificios judiciales."

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