Vía Augusta
Alberto Grimaldi
Anatomía de un bostezo
EL procedimiento que ha seguido la Diócesis para resolver el problema de la igualdad de sexos anima a considerar que en ella se ha instalado un nuevo modo de enfocar los problemas cofradieros. Se aparta éste tanto del viejo estilo como de la línea seguida en los últimos años del pontificado del cardenal Amigo. Parece que se adueña de la curia un cierto rigor jurídico en la búsqueda de soluciones adecuadas a los conflictos que se plantean.
Es quizá el momento de proponer una revisión de la normativa diocesana -algo parece que se mueve en esta línea-. Tras la aprobación del Código de 1983, la Diócesis ha promulgado dos normas para hermandades. Las primeras, de 1985, vinieron exigidas por el nuevo Derecho Canónico. Las de 1997, más perfectas técnicamente, han resistido mejor el tiempo. No obstante, su articulado regula de modo insuficiente determinadas materias.
Una reforma del marco jurídico cofradiero exige tiempo de reflexión. Pero la época parece propicia, sobre todo si terminan de asentarse los fundamentos del sistema. Hay que definir de una vez qué se quiere que sea el Consejo en esta nueva época y qué nuevas competencias asumirá. Luego, deben desarrollarse algunos asuntos sólo apuntados en el texto vigente, como los principios de derecho disciplinario, los modos de intervención por la Diócesis en caso de crisis o las vías y límites de participación de los no católicos en las cofradías. Además, tendría que incorporarse a la nueva ley lo que se acordó modificar en 2001 y también una reelaboración del artículo 24.2 para incluir en él la equiparación aprobada por el Decreto Asenjo. Y no estaría de más que se revisasen, con carácter general y más allá de la superada cuestión del sexo, las consecuencias del derecho de igualdad.
La ocasión, decía, resulta propicia, sobre todo, porque parece que existe voluntad en Palacio de que se cumplan las normas -y en las dos direcciones-.
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