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Rafael Padilla

La hora del Supremo

MAÑANA está previsto que el pleno de la Sala Tercera del Tribunal Supremo comunique el sentido del fallo de la sentencia por la que resolverá los recursos que se han elevado ante ella sobre la discutida asignatura de Educación para la Ciudadanía. Se trata, en mi opinión, de una de las determinaciones más delicadas y trascendentes que dicho Tribunal ha adoptado nunca. Basta con reparar en el altísimo número de objeciones formalizadas (en torno a las 50.000, lo que conforma el movimiento objetor más importante conocido en Europa, si exceptuamos la objeción al servicio militar) y en el grado de movilización que su rechazo ha generado (hay más de 70 plataformas distribuidas por todo el país) para hacerse una idea de hasta qué punto constituye una preocupación fundamental en el seno de muchas familias españolas, a las que, por supuesto, habrá que darles una respuesta objetiva, rigurosa y razonada.

No voy a entrar en los argumentos jurídicos -a estas alturas los conocemos todos- que han ido apareciendo en la polémica. Tengo para mí, no obstante, que la mera lectura de preceptos básicos (el artículo 26.3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos o los artículos 27.3 y 16.1 de nuestra vigente Constitución, entre otros) dejan poco margen, a la vista además de las manifiestas intromisiones de los programas al uso, para negar que se está produciendo una violación del derecho de los padres a la libre formación educativa, religiosa y moral de sus hijos e, incluso, del subsiguiente derecho a objetar, también constitucionalmente reconocido.

Más allá de su admisible bondad inicial, es el empeño -único en Europa- de introducir en su desarrollo contenidos morales lo que coloca al propósito en el borde de la legalidad y lo que explica la amplia repulsa frente a una filosofía que replantea el papel de los padres en el proceso educativo.

Una reflexión publicada por Florentino Muñoz, Patrono de CIVES, nos aclara los verdaderos términos del conflicto. Para él, en un centro escolar existen dos tipos de miembros: los esenciales y los accidentales. Entre estos últimos -"circunstanciales y prescindibles"- se encuentran los padres y madres, respecto de los que no puede aceptarse su pretensión de "hacer de los centros educativos hogares de sus caprichos y decisiones y de los alumnos y profesores, muñecos de sus voluntades".

Ése, justamente ése, es el objeto del examen del Supremo: si, en lo concerniente a la educación y a la formación moral de sus hijos, los padres son los primeros responsables o si, por el contrario, ésta pertenece, con carácter exclusivo y excluyente, al Estado.

Así de simple y así de grave. Un asunto tan crucial para nuestro futuro que sólo nos resta desear a sus juzgadores el mejor entendimiento y el mayor acierto en su esperadísimo juicio.

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