La tribuna

Jesús Cruz Villalón

La reforma de las pensiones

EL comienzo del nuevo curso político va a colocar en lugar central la discusión relativa a la reforma de las pensiones. Esta cuestión se viene abordando desde que el Gobierno a inicios del año formuló algunas propuestas, con posicionamientos por diversas instancias, comenzando por las organizaciones sindicales y empresariales. En todo caso, el momento crucial va a ser ahora, cuando concluyen las tareas de la Comisión del Pacto de Toledo y a resultas de ello se presente el proyecto de Ley de reforma de aspectos varios del Sistema de Seguridad Social, donde con toda probabilidad el tema estrella será el de las pensiones de jubilación.

Sería conveniente desdramatizar el debate, a partir de la constatación de que el sistema de pensiones públicas goza de buena salud, al mismo tiempo que hay una larga experiencia de sucesivas reformas de adaptación de su regulación mirando al medio y largo plazo y manteniendo las señas de identidad de un régimen de prestaciones que atiendan con dignidad a quienes por su edad avanzada se retiran del mercado de trabajo.

El equilibrio financiero de la Seguridad Social se encuentra plenamente garantizado, incluso muestra resultados de beneficios netos en estos momentos de descenso del número de cotizantes a resultas del fuerte incremento del paro durante la crisis económica. Nunca se han confirmado las predicciones de ciertos pseudoexpertos agoreros o de los interesados en obtener beneficios económicos a resultas de la pérdida de solvencia de nuestro sistema público de pensiones.

Lo anterior no se contradice con una práctica que nos ha dado muy buenos resultados, a través de las reformas instrumentadas por el Pacto de Toledo, que han tenido la capacidad de anticiparse a los cambios que se avecinaban, que ha permitido una adaptación del sistema público de pensiones. Modificaciones que han propiciado incrementar la población cotizante, durante períodos más prolongados, reduciendo las bolsas de economía sumergida a efectos de ingresos de la Seguridad Social, al tiempo que se mantenía e incluso se incrementaba el nivel de protección a los pensionistas.

Es cierto que ahora la situación puede resultar más compleja, por los efectos previsibles derivados del envejecimiento de la población y el aumento de las expectativas de vida. Baste con recordar que el disfrute medio de la pensión de jubilación ha pasado de los 5 a los 15 años y, por suerte, con perspectiva de ir a más; por tanto, la relación entre cotizantes y pensionistas se puede reducir notablemente, que de no adoptarse medidas desequilibrarán financieramente el sistema.

Eso sí, los cambios a adoptar no nos abocan necesariamente a elevar la edad de jubilación ordinaria desde los 65 hasta los 67 años, a reducir la tasa de sustitución, es decir, el porcentaje de la pensión de jubilación respecto del salario que se percibía como activo, ni mucho menos a reducir el porcentaje de pensiones contributivas respecto de las asistenciales. Hay soluciones alternativas, que permitirían soluciones de consenso, que buscaran objetivos similares e incluso que fueran socialmente más equitativas.

En estos momentos el problema es que la edad media de jubilación se sitúa en los 63 años y cabría adoptar medidas incisivas alternativas a las anteriores, para situarlas como media en los 65 años. Así, sería necesario acabar con los sistemas generalizados de jubilaciones anticipadas y prejubilaciones, que en ciertas ocasiones lleva a jubilarse a algunos antes de los 50 años; ello con el injusto agravante de que suelen afectan a los mejor retribuidos y se encuentra en perfectas condiciones para seguir trabajando. Se tendría que evitar que quienes trabajan en los sectores donde mayor deterioro físico se produce (transportes, construcción, etc.) tuvieran que jubilarse a edad temprana a causa de su deterioro; a tal efecto, se podría efectuar una programación de su vida profesional, con reciclajes que permitieran transiciones laborales hacia otros sectores a lo largo de su vida, para no verse obligados a jubilarse anticipadamente.

Se tendría que permitir o fomentar que quien quisiera pudiera libremente continuar trabajando más allá de la edad de los 65 años; sin embargo, existe un fuerte obstáculo a ello, debido a la presencia en ciertos convenios colectivos, de cláusulas de jubilación obligatoria que contradicen estos objetivos; a tal efecto, resultaría necesario corregir estas cláusulas e incluso sería oportuna una reforma legal que impidiera hacer esto a los convenios o, al menos, que dichas cláusulas sólo fueran aceptables para edades más avanzadas.

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